Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2024-4627)
BOP-2024-4627 Aprobación de las Bases Reguladoras y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2024/2025 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º,2º,3º, 4, 5º y 6º).
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Montánchez
General de Subvenciones.
3) Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento
de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de le subvención, la
persona o empresa beneficiaria podrán comunicar al órgano gestor por registro de
entrada este hecho y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad percibida. Para
ello, deberá ponerse en contacto con el Servicio Gestor a los efectos de los trámites a
seguir. Asimismo, se calcularán los intereses de demora hasta el momento en el que se
produzca la devolución efectiva por su parte.
4) Referencia al Art. 308 del Código Penal
Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se
modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para
transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo,
es preciso poner de manifiesto a todos los agentes que participan en procesos de
subvenciones públicas lo siguiente:
El artículo 308 del Código Penal incluye la tipificación como delito, penado con
prisión, multa y pérdida de la condición de beneficiario de subvenciones, el
falseamiento de las condiciones de obtención de una subvención, su ocultamiento -en
el caso de hubiese condiciones que impidiesen obtenerla-o la aplicación de la
subvención a fines distintos a los que fue destinada.
La entidad solicitante (o beneficiaria de la subvención) debe de ser consciente de lo
que este precepto representa y la obligación del Ayuntamiento de actuar en
consecuencia en el caso de detectarse indicios relativos al citado incumplimiento.
15. Régimen jurídico.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se rige por lo dispuesto en las
presentes Bases, en las Bases de Ejecución del Presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley y por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
16. LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos
personales solicitados serán incorporados en un fichero propiedad del Ayuntamiento
de Montánchez con la finalidad de la tramitación y gestión de su solicitud de
subvención y para la realización, control y gestión de las operaciones derivadas de la
misma.
De no indicarlo expresamente en el impreso de solicitud, se entiende que el solicitante
autoriza a la expedición de los certificados de empadronamiento, no ser deudor con el
Ayuntamiento de Montánchez y los certificados de matriculación en la guardería
municipal, para que se incorporen por el ayuntamiento. En el caso de que en la
documentación aportada a lo largo del proceso se incorporen datos de carácter
personal distintos a los del/de los firmante/s de la solicitud de ayuda, el/los mismo/s
deberán informar a dichas personas de los extremos contenidos en este apartado y
CVE:
BOP-2024-4627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
Pág. 19235
General de Subvenciones.
3) Sin perjuicio de iniciar el procedimiento de reintegro, en caso de incumplimiento
de las obligaciones establecidas con motivo de la concesión de le subvención, la
persona o empresa beneficiaria podrán comunicar al órgano gestor por registro de
entrada este hecho y efectuar la devolución voluntaria de la cantidad percibida. Para
ello, deberá ponerse en contacto con el Servicio Gestor a los efectos de los trámites a
seguir. Asimismo, se calcularán los intereses de demora hasta el momento en el que se
produzca la devolución efectiva por su parte.
4) Referencia al Art. 308 del Código Penal
Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, por la que se
modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para
transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo,
es preciso poner de manifiesto a todos los agentes que participan en procesos de
subvenciones públicas lo siguiente:
El artículo 308 del Código Penal incluye la tipificación como delito, penado con
prisión, multa y pérdida de la condición de beneficiario de subvenciones, el
falseamiento de las condiciones de obtención de una subvención, su ocultamiento -en
el caso de hubiese condiciones que impidiesen obtenerla-o la aplicación de la
subvención a fines distintos a los que fue destinada.
La entidad solicitante (o beneficiaria de la subvención) debe de ser consciente de lo
que este precepto representa y la obligación del Ayuntamiento de actuar en
consecuencia en el caso de detectarse indicios relativos al citado incumplimiento.
15. Régimen jurídico.
El procedimiento para la concesión de estas ayudas se rige por lo dispuesto en las
presentes Bases, en las Bases de Ejecución del Presupuesto, en la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la referida Ley y por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y
Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público.
16. LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
En virtud de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa de que los datos
personales solicitados serán incorporados en un fichero propiedad del Ayuntamiento
de Montánchez con la finalidad de la tramitación y gestión de su solicitud de
subvención y para la realización, control y gestión de las operaciones derivadas de la
misma.
De no indicarlo expresamente en el impreso de solicitud, se entiende que el solicitante
autoriza a la expedición de los certificados de empadronamiento, no ser deudor con el
Ayuntamiento de Montánchez y los certificados de matriculación en la guardería
municipal, para que se incorporen por el ayuntamiento. En el caso de que en la
documentación aportada a lo largo del proceso se incorporen datos de carácter
personal distintos a los del/de los firmante/s de la solicitud de ayuda, el/los mismo/s
deberán informar a dichas personas de los extremos contenidos en este apartado y
CVE:
BOP-2024-4627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
Pág. 19235