Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montánchez. (BOP-2024-4627)
BOP-2024-4627 Aprobación de las Bases Reguladoras y la Convocatoria de ayudas a los/as alumnos/as matriculados/as en el Curso escolar 2024/2025 en los niveles de Guardería, Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º,2º,3º, 4, 5º y 6º).
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Ayuntamiento de Montánchez
ANEXO I
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LOS ALUMNOS
MATRICULADOS EN EL CURSO ESCOLAR 2024-2025, EN LOS NIVELES DE
GUARDERÍA, EDUCACIÓN INFANTIL (1º, 2º y 3º), EDUCACIÓN PRIMARIA
OBLIGATORIA (1º, 2º, 3º, 4º 5º Y 6º), EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO O
FORMACIÓN PROFESIONAL (Ciclo Formativo) EN CENTROS DOCENTES DE
MONTÁNCHEZ Y EMPADRONADOS Y RESIDENTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
MONTÁNCHEZ.
Detectado por este Ayuntamiento la necesidad de subvencionar la concesión de ayudas
para paliar, de forma parcial, el gasto corriente familiar que se ve incrementado con
motivo del inicio del curso escolar, y que supone un esfuerzo considerable y difícil de
soportar en muchos hogares y evitar así la posibilidad de incurrir en exclusión social.
Se ha iniciado procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en las presentes
Bases.
1. Objeto y procedimiento de concesión.
Es objeto de las siguientes bases es la regulación de la concesión de ayudas a los
alumnos matriculados en el Curso escolar 2024/2025 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º,2º,3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros
docentes de Montánchez y empadronados y residentes en el término municipal
de Montánchez y que cumplan con los requisitos establecidos en las presente bases
reguladoras, con el objeto de contribuir a sufragar los gastos escolares que se originan
a las familias con motivo del inicio del curso escolar.
Dado el interés social de las ayudas, en la medida en que contribuyen a paliar la
obligación constitucional de una enseñanza básica y gratuita, aquéllas se concederán
de forma directa a todos los solicitantes que reúnan los requisitos contemplados en la
base segunda.
2. Requisitos para ser beneficiario de la ayuda.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas tanto los padres o tutores legales de alumnos
matriculados, como los matriculados, mayores de edad, que cursen los estudios
señalados en la base 1ª y que deben reunir los siguientes requisitos:
1.- Estar empadronados en el municipio de Montánchez en el momento de
presentación de la solicitud. En caso de separación o divorcio, este requisito sólo le
será exigible al padre o la madre que tuviese la guarda y custodia.
2.- Estar matriculado en el Curso escolar 2024/2025 en los niveles de Guardería,
Educación Infantil (1º, 2º y 3º), Primaria Obligatoria (1º,2º,3º, 4, 5º y 6º), Educación
Secundaria y Bachillerato o Formación Profesional (Ciclo Formativo) en centros
docentes con sede en Montánchez y empadronados y residentes en el término
municipal de Montánchez durante el curso 2023/2024 y cursar el curso completo.
3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de
MONTANCHEZ.
3. Obligaciones de los solicitantes de la ayuda.
CVE:
BOP-2024-4627
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 5 de septiembre de 2024
N.º 0172
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