Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madrigal de la Vera. (BOP-2024-4582)
BOP-2024-4582 Aprobación de las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de Encargado/a de Mantenimiento del Cementerio y del Polideportivo en régimen de personal laboral fijo, por el sistema de concurso - oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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presentación de instancias. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de
la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, no haber realizado el abono de los derechos de
examen en el plazo previsto para la presentación de instancias, y éstos sólo serán devueltos enel
caso de no ser admitidos/as al concurso previa solicitud por el/la interesado/a y previa entrega del
correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusiónen
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de QUINCE
DÍAS NATURALES, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se advertirá que, trascurrido el plazo anterior
sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo
para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las
alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación
definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión. En esta
misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las
pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior con
doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de
veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y
hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición
será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o
superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
Cód.
Validación:
4NCAD9JGLMD7F7C9C27WALD6F
Verificación:
https://madrigaldelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4582
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de septiembre de 2024
N.º 0169
Pág. 19104
la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, no haber realizado el abono de los derechos de
examen en el plazo previsto para la presentación de instancias, y éstos sólo serán devueltos enel
caso de no ser admitidos/as al concurso previa solicitud por el/la interesado/a y previa entrega del
correspondiente impreso de “Alta de Terceros”.
No será procedente la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusiónen
las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.
QUINTA. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de QUINCE
DÍAS NATURALES, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha
resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Al publicarse la lista provisional de admitidos y excluidos se advertirá que, trascurrido el plazo anterior
sin reclamaciones, quedará aquélla elevada a definitiva.
Las alegaciones presentadas serán resultas en el plazo de 30 días desde la finalización del plazo
para presentación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado resolución alguna, las
alegaciones se entenderán desestimadas.
Vistas las alegaciones presentadas, por Resolución de Alcaldía se procederá a la aprobación
definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que, igualmente será objeto de publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor difusión. En esta
misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las
pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica del
Ayuntamiento [http://madrigaldelavera.sedelectronica.es y en el Tablón de Anuncios, para mayor
difusión; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse
públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior con
doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio, o de
veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
Igualmente, en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del Tribunal.
SEXTA. Tribunal Calificador
Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y
hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no
podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición
será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o
superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
Cód.
Validación:
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Verificación:
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Lunes, 2 de septiembre de 2024
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