Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Intermunicipal de la Vera. (BOP-2024-4570)
BOP-2024-4570 Aprobación definitiva implantación y reconocimiento de la carrera profesional horizontal a los/as empleados/as públicos/as de la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera (Expte.373/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
Los méritos que sean tenidos en cuenta para el acceso a un nivel no podrán utilizarse para el
acceso a otro.
Al ser el modelo de carrera profesional implantado de acceso consecutivo y gradual, una vez
adquirido el reconocimiento del nivel I por el empleado público , habrá de transcurrir como
mínimo tres años ,desde dicho reconocimiento, para poder solicitar el reconocimiento del
siguiente nivel y así sucesivamente para los siguientes niveles.
UNDÉCIMO.- Acordar la implantación del Complemento de Carrera Profesional Horizontal
para los empleados públicos de la mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
DUODÉCIMO.- Régimen transitorio inicial.
Se establece el siguiente régimen transitorio para los empleados públicos, personal
funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino o personal laboral temporal que
presten servicio en la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera a la fecha de entrada en vigor
del presente acuerdo plenario de reconocimiento e implantación de la carrera profesional
horizontal del personal que presta servicios en la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera .
Dicho régimen se articula de la siguiente forma:
Nivel Inicial. - En este nivel se encontrarán todo el personal funcionario de carrera, personal
laboral fijo, personal interino o personal laboral temporal en servicio activo en la
Mancomunidad. Este nivel no estará retribuido.
Nivel Uno. - Se podrá solicitar en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente
al que se publique definitivamente el presente acuerdo en el B.O.P de Cáceres.
El procedimiento para el reconocimiento de este nivel consistirá en la presentación de la
solicitud , en el plazo señalado,por parte de la persona interesada, conforme al modelo
recogido en el anexo I ,adjuntando certificado de servicios prestados en la Administración
Pública (acreditando al menos 5 años ) así como la documentación acreditativa de haber
completado el número de horas de formación directamente relacionados con las funciones y/o
tareas del puesto de trabajo que desempeña como empleado público ,que se le exigen en
función del grupo o categoría profesional al que pertenezca el empleado público :
50 horas para los del Grupo A1/A2/personal laboral asimilado
30 horas para los del Grupo C1/C2/personal laboral asimilado
20 horas para los del Grupo E/AP/personal laboral asimilado
CVE:
BOP-2024-4570
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de agosto de 2024
N.º 0168
Pág. 19067
Mancomunidad Intermunicipal de la Vera
Plaza de Juan de Austria nº 2, Cuacos de Yuste. 10430 (Cáceres). Tfno. 927172208. Fax: 927172229
Los méritos que sean tenidos en cuenta para el acceso a un nivel no podrán utilizarse para el
acceso a otro.
Al ser el modelo de carrera profesional implantado de acceso consecutivo y gradual, una vez
adquirido el reconocimiento del nivel I por el empleado público , habrá de transcurrir como
mínimo tres años ,desde dicho reconocimiento, para poder solicitar el reconocimiento del
siguiente nivel y así sucesivamente para los siguientes niveles.
UNDÉCIMO.- Acordar la implantación del Complemento de Carrera Profesional Horizontal
para los empleados públicos de la mancomunidad Intermunicipal de la Vera.
DUODÉCIMO.- Régimen transitorio inicial.
Se establece el siguiente régimen transitorio para los empleados públicos, personal
funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino o personal laboral temporal que
presten servicio en la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera a la fecha de entrada en vigor
del presente acuerdo plenario de reconocimiento e implantación de la carrera profesional
horizontal del personal que presta servicios en la Mancomunidad Intermunicipal de la Vera .
Dicho régimen se articula de la siguiente forma:
Nivel Inicial. - En este nivel se encontrarán todo el personal funcionario de carrera, personal
laboral fijo, personal interino o personal laboral temporal en servicio activo en la
Mancomunidad. Este nivel no estará retribuido.
Nivel Uno. - Se podrá solicitar en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente
al que se publique definitivamente el presente acuerdo en el B.O.P de Cáceres.
El procedimiento para el reconocimiento de este nivel consistirá en la presentación de la
solicitud , en el plazo señalado,por parte de la persona interesada, conforme al modelo
recogido en el anexo I ,adjuntando certificado de servicios prestados en la Administración
Pública (acreditando al menos 5 años ) así como la documentación acreditativa de haber
completado el número de horas de formación directamente relacionados con las funciones y/o
tareas del puesto de trabajo que desempeña como empleado público ,que se le exigen en
función del grupo o categoría profesional al que pertenezca el empleado público :
50 horas para los del Grupo A1/A2/personal laboral asimilado
30 horas para los del Grupo C1/C2/personal laboral asimilado
20 horas para los del Grupo E/AP/personal laboral asimilado
CVE:
BOP-2024-4570
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 30 de agosto de 2024
N.º 0168
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