Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Serradilla. (BOP-2024-4538)
BOP-2024-4538 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Teletrabajo.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Serradilla
ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Teletrabajo.
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el pleno de la corporación, en sesión
de fecha 04/07/2024 de aprobación inicial del reglamento regulador del teletrabajo en este
Ayuntamiento, por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 0130, que tuvo lugar con fecha 09/07/2024,
para que el mismo pudiera ser examinado y poder presentar las reclamaciones, reparos u
observaciones que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público, no se ha presentado
reclamación, reparo u observación alguna, según consta en el certificado emitido por la
Secretaría municipal.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobado el Reglamento regulador del
teletrabajo en este ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (EDL1985/8184), y que es
del siguiente tenor literal:
REGLAMENTO REGULADOR DEL TELETRABAJO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Si bien el teletrabajo es una alternativa más asentada en las organizaciones empresariales
desde hace ya varios años, su implantación es mucho más limitada en el ámbito de las
Administraciones Públicas españolas; no obstante, y sobre todo a raíz de la puesta en marcha
del Plan Concilia por la Administración General del Estado, en tiempos como los actuales en
los que el ahorro y la eficiencia deben ser una prioridad para las Administraciones Públicas,
son cada vez más frecuentes las regulaciones de esta forma de prestación del servicio
reguladas por distintas Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Universidades públicas.
En el ámbito comunitario, con la Estrategia de Lisboa, la Comisión Europea adoptó una serie
de recomendaciones políticas sobre la dimensión social y del mercado de trabajo en la
sociedad de la información, entre las que se incluye un compromiso para fomentar el
CVE:
BOP-2024-4538
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 28 de agosto de 2024
N.º 0166
Pág. 18948
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Serradilla
ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Teletrabajo.
Habiéndose expuesto al público el acuerdo adoptado por el pleno de la corporación, en sesión
de fecha 04/07/2024 de aprobación inicial del reglamento regulador del teletrabajo en este
Ayuntamiento, por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción del
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 0130, que tuvo lugar con fecha 09/07/2024,
para que el mismo pudiera ser examinado y poder presentar las reclamaciones, reparos u
observaciones que se considerasen oportunas.
Y resultando que, finalizado el referido plazo de exposición al público, no se ha presentado
reclamación, reparo u observación alguna, según consta en el certificado emitido por la
Secretaría municipal.
A la vista de todo ello se considera definitivamente aprobado el Reglamento regulador del
teletrabajo en este ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 40 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (EDL1985/8184), y que es
del siguiente tenor literal:
REGLAMENTO REGULADOR DEL TELETRABAJO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Si bien el teletrabajo es una alternativa más asentada en las organizaciones empresariales
desde hace ya varios años, su implantación es mucho más limitada en el ámbito de las
Administraciones Públicas españolas; no obstante, y sobre todo a raíz de la puesta en marcha
del Plan Concilia por la Administración General del Estado, en tiempos como los actuales en
los que el ahorro y la eficiencia deben ser una prioridad para las Administraciones Públicas,
son cada vez más frecuentes las regulaciones de esta forma de prestación del servicio
reguladas por distintas Comunidades Autónomas, Ayuntamientos y Universidades públicas.
En el ámbito comunitario, con la Estrategia de Lisboa, la Comisión Europea adoptó una serie
de recomendaciones políticas sobre la dimensión social y del mercado de trabajo en la
sociedad de la información, entre las que se incluye un compromiso para fomentar el
CVE:
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