Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Torrecillas de la Tiesa. (BOP-2024-4525)
BOP-2024-4525 Aprobación definitiva Ordenanza Municipal reguladora de la Subvención Ayuda Natalidad.
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Completada la documentación, una vez expirado el plazo otorgado al efecto por los Servicios
Municipales, se comprobarán los datos e informado el asunto, se aprobará el expediente por la
Alcaldía y las cuantías individualizadas correspondientes, dicho acuerdo será notificado a
los/as solicitantes.
Una vez verificada la documentación y el cumplimiento de los requisitos, la Alcaldía dictará
resolución acordando el pago de la ayuda en el plazo de un mes desde la notificación de la
resolución que la otorgue. El plazo máximo de resolución de las solicitudes presentadas al
amparo de la presente normativa será de tres meses.
Solicitudes de varios/as hermanos/as.
En caso de solicitudes para varios/as hermanos/as se deberá formalizar la solicitud para cada
uno/a de ellos/as, pero la documentación a adjuntar no se deberá duplicar, siendo suficiente su
aportación en una de ellas.
CAPÍTULO V. Justificación.
Artículo 8. Justificación.
El/a beneficiario/a deberá, durante el mes de Enero siguiente al ejercicio en el que se le
concede la subvencion, presentar en el Registro del Ayuntamiento los originales de las
facturas, tiquets,… de los gastos subvencionables.
Una vez comprobado la idoneidad de los mismos se procederá al abono de la cantidad que
corresponda hasta un máximo de 300 euros.
CAPÍTULO VI. Compatibilidad.
Artículo 9. Compatibilidad de las ayudas.
La percepción de esta ayuda es compatible con otras ayudas para la misma finalidad
concedida por otras Administraciones Públicas.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.
En todo lo no previsto en la presente ordenanza será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de
21 de julio y demás normativa que resulte de aplicación. Las dudas interpretativas que puedan
surgir en la aplicación de la presente ordenanza serán resueltas por Resolución de Alcaldía.
CVE:
BOP-2024-4525
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 27 de agosto de 2024
N.º 0165
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