Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-4512)
BOP-2024-4512 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Espacio Coworking.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
interpretación, aclaración o complemento de las mismas cuando se
necesario, dado el carácter singular de este Proyecto que exige de una
adaptación y mejora constantes, de acuerdo con las necesidades requeridas
para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.
Artículo 10. Mantenimiento y Limpieza de las Instalaciones
Los usuarios del Espacio Coworking de Cabezuela del Valle deberán
mantener en todo momento los despachos y superficies cedidas y sus
equipamientos en buen estado de funcionamiento, presentación y limpieza. Los
daños o desperfectos que la actividad de la persona usuaria cause en los elementos
estructurales del espacio, en las instalaciones generales, en las zonas de uso
común, en sus despachos o espacios cedidos o en el mobiliario, serán reparados por
la persona usuaria causante directamente y a su costa. De no hacerlo en el plazo
requerido se procederá a dejar sin efecto la autorización de uso del espacio. El
Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva acudir a las acciones legales que
correspondan, independientemente de las responsabilidades civiles o penales que
puedan reclamarse.
El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle velará por el permanente estado de
limpieza de las zonas e instalaciones de todo el edificio. A estos efectos, las
personas usuarias del espacio se someterán a los horarios que disponga el
Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, obligándose a facilitar la limpieza de los
espacios utilizados. Los términos y condiciones para la limpieza de los despachos
deberán ser respetados por las personas usuarias, sobre todo en lo relativo a la
evacuación de basuras.
Artículo 11. Prohibiciones y Limitaciones
Queda expresamente prohibido en el Espacio Coworking de Cabezuela del
Valle el ejercicio por las personas usuarias de los espacios para las siguientes
actividades:
El uso de cualquier material no permitido por las normas de Seguridad e
Higiene.
Ejercer en el Espacio Coworking de Cabezuela del Valle toda actividad que
pueda considerarse peligrosa, insalubre y nociva o que perturbe la actividad
de los restantes ocupantes. El uso de cada espacio/puesto no debe implicar
ninguna molestia anormal (aunque fuese excepcional), en relación con las
actividades proyectadas en el mismo.
Pág. 11 de 15
Cód.
Validación:
W3NQCYQNS46WYZGW4XYWX3K6M
Verificación:
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
15
CVE:
BOP-2024-4512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
Pág. 18869
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
interpretación, aclaración o complemento de las mismas cuando se
necesario, dado el carácter singular de este Proyecto que exige de una
adaptación y mejora constantes, de acuerdo con las necesidades requeridas
para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales.
Artículo 10. Mantenimiento y Limpieza de las Instalaciones
Los usuarios del Espacio Coworking de Cabezuela del Valle deberán
mantener en todo momento los despachos y superficies cedidas y sus
equipamientos en buen estado de funcionamiento, presentación y limpieza. Los
daños o desperfectos que la actividad de la persona usuaria cause en los elementos
estructurales del espacio, en las instalaciones generales, en las zonas de uso
común, en sus despachos o espacios cedidos o en el mobiliario, serán reparados por
la persona usuaria causante directamente y a su costa. De no hacerlo en el plazo
requerido se procederá a dejar sin efecto la autorización de uso del espacio. El
Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva acudir a las acciones legales que
correspondan, independientemente de las responsabilidades civiles o penales que
puedan reclamarse.
El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle velará por el permanente estado de
limpieza de las zonas e instalaciones de todo el edificio. A estos efectos, las
personas usuarias del espacio se someterán a los horarios que disponga el
Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, obligándose a facilitar la limpieza de los
espacios utilizados. Los términos y condiciones para la limpieza de los despachos
deberán ser respetados por las personas usuarias, sobre todo en lo relativo a la
evacuación de basuras.
Artículo 11. Prohibiciones y Limitaciones
Queda expresamente prohibido en el Espacio Coworking de Cabezuela del
Valle el ejercicio por las personas usuarias de los espacios para las siguientes
actividades:
El uso de cualquier material no permitido por las normas de Seguridad e
Higiene.
Ejercer en el Espacio Coworking de Cabezuela del Valle toda actividad que
pueda considerarse peligrosa, insalubre y nociva o que perturbe la actividad
de los restantes ocupantes. El uso de cada espacio/puesto no debe implicar
ninguna molestia anormal (aunque fuese excepcional), en relación con las
actividades proyectadas en el mismo.
Pág. 11 de 15
Cód.
Validación:
W3NQCYQNS46WYZGW4XYWX3K6M
Verificación:
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
11
de
15
CVE:
BOP-2024-4512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
Pág. 18869