Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-4512)
BOP-2024-4512 Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Espacio Coworking.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
este Reglamento y dichos contratos y acuerdos, prevalecerán las cláusulas
establecidas en estos últimos.
b. No se podrá ceder ni subarrendar el acceso ni desarrollar ninguna actividad
diferente de la que se ha autorizado. Cualquier modificación de la actividad
tendrá que ser comunicada a los responsables de la gestión del espacio.
c. No se podrán realizar en el espacio actividades peligrosas, ni introducir
materiales peligrosos, insalubres o inflamables, prohibiéndose la entrada de
animales, excepto de perros guía para personas invidentes.
d. La autorización de uso es personal dará derecho a la utilización de la oficina
asignada.
e. Los coworkers usuarios de las instalaciones serán responsables de que
cualquier persona relacionada con su proyecto que acceda al espacio
cumpla las obligaciones que se recogen en este reglamento.
f. El coworker autorizado será responsable de los daños que puedan ocasionar
estas personas.
g. Las visitas externas no interferirán ni interrumpirán el trabajo del resto de
los usuarios del espacio, para lo que se utilizarán los despachos o salas de
reuniones previamente reservadas.
h. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de prohibir o
limitar el acceso a aquellas personas que desarrollen acciones contrarias al
buen funcionamiento del Espacio Coworking de Cabezuela del Valle.
i. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de incorporar
todas las medidas de seguridad oportunas sin previo aviso, con la única
finalidad de garantizar en todo momento la seguridad de las personas,
instalaciones, recursos materiales o de otro tipo que se encuentre en el
espacio.
j. El wifi sólo estará habilitado para la navegación por internet, web y correo
electrónico, estando prohibida su utilización para actividades que vulneren la
Ley de Derechos de Autor. El Ayuntamiento podrá cambiar la clave de
acceso sin previo aviso, notificándolo a los usuarios activos en ese momento
y se reserva las acciones legales en el caso de una mala utilización.
k. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de dar de baja
y prohibir el acceso a aquella persona usuaria que no haga las tareas para
las cuales fue admitida su solicitud de acceso al Espacio Coworking de
Cabezuela del Valle, desatienda las indicaciones del personal responsable
del centro, o bien no haga uso del espacio adjudicado al menos tres días por
semana como mínimo.
l. Debido a la especial configuración del Espacio Coworking de Cabezuela del
Valle, las presentes normas podrán ser modificadas por el Ayuntamiento de
Cabezuela del Valle a través del Alcalde, así como dictar normas de
Pág. 10 de 15
Cód.
Validación:
W3NQCYQNS46WYZGW4XYWX3K6M
Verificación:
https://cabezueladelvalle.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
10
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15
CVE:
BOP-2024-4512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 26 de agosto de 2024
N.º 0164
Pág. 18868
ESPACIO COWORKING DE CABEZUELA DEL VALLE
este Reglamento y dichos contratos y acuerdos, prevalecerán las cláusulas
establecidas en estos últimos.
b. No se podrá ceder ni subarrendar el acceso ni desarrollar ninguna actividad
diferente de la que se ha autorizado. Cualquier modificación de la actividad
tendrá que ser comunicada a los responsables de la gestión del espacio.
c. No se podrán realizar en el espacio actividades peligrosas, ni introducir
materiales peligrosos, insalubres o inflamables, prohibiéndose la entrada de
animales, excepto de perros guía para personas invidentes.
d. La autorización de uso es personal dará derecho a la utilización de la oficina
asignada.
e. Los coworkers usuarios de las instalaciones serán responsables de que
cualquier persona relacionada con su proyecto que acceda al espacio
cumpla las obligaciones que se recogen en este reglamento.
f. El coworker autorizado será responsable de los daños que puedan ocasionar
estas personas.
g. Las visitas externas no interferirán ni interrumpirán el trabajo del resto de
los usuarios del espacio, para lo que se utilizarán los despachos o salas de
reuniones previamente reservadas.
h. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de prohibir o
limitar el acceso a aquellas personas que desarrollen acciones contrarias al
buen funcionamiento del Espacio Coworking de Cabezuela del Valle.
i. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de incorporar
todas las medidas de seguridad oportunas sin previo aviso, con la única
finalidad de garantizar en todo momento la seguridad de las personas,
instalaciones, recursos materiales o de otro tipo que se encuentre en el
espacio.
j. El wifi sólo estará habilitado para la navegación por internet, web y correo
electrónico, estando prohibida su utilización para actividades que vulneren la
Ley de Derechos de Autor. El Ayuntamiento podrá cambiar la clave de
acceso sin previo aviso, notificándolo a los usuarios activos en ese momento
y se reserva las acciones legales en el caso de una mala utilización.
k. El Ayuntamiento de Cabezuela del Valle se reserva el derecho de dar de baja
y prohibir el acceso a aquella persona usuaria que no haga las tareas para
las cuales fue admitida su solicitud de acceso al Espacio Coworking de
Cabezuela del Valle, desatienda las indicaciones del personal responsable
del centro, o bien no haga uso del espacio adjudicado al menos tres días por
semana como mínimo.
l. Debido a la especial configuración del Espacio Coworking de Cabezuela del
Valle, las presentes normas podrán ser modificadas por el Ayuntamiento de
Cabezuela del Valle a través del Alcalde, así como dictar normas de
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Validación:
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Verificación:
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firmado
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Verificable
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