Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera. (BOP-2024-4492)
BOP-2024-4492 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Compost-Jara".
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6. Se remitirá informe al SEXPE de las faltas muy graves.
7. El/a trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un
plazo de tres días hábiles desde la notificación las alegaciones oportunas.
8. En el caso de faltas muy graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la
normativa concordante del programa de escuelas taller, casas de oficio y talleres de empleo.
XVI. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR,
VIGENCIA, MODIFICACIÓN/REFORMA.
a) Régimen jurídico. En lo no establecido en el presente reglamento interno, se estará a
lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del
Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente. La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca
de las cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar
entre la entidad promotora y los/as alumnos/as / trabajadores/as, así como entre ésta y
los/as integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor. El presente reglamento, entrará en vigor una vez haya sido
aprobado por los/as integrantes del programa C.R.A. de formación en alternancia con el
empleo "Compost-Jara" y entidad promotora Excmo. Ayto. de Jarandilla de la Vera.
d) Vigencia. Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del
programa de formación, todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma. El Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera a iniciativa propia o a
requerimiento de la Coordinadora del Programa de Formación en alternancia con el
empleo "Compost-Jara" podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente reglamento interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
f) Se aplicarán medidas preventivas COVID 19 conforme a la normativa en vigor y con
las directrices que establezca la empresa de prevención de riesgos laborales en la
formación impartida en el programa colaborativo rural Ateneo “Compost-Jara”.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
CVE:
BOP-2024-4492
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 22 de agosto de 2024
N.º 0162
Pág. 18753
7. El/a trabajador/a tendrá derecho a apelar la sanción, presentando por escrito y dentro de un
plazo de tres días hábiles desde la notificación las alegaciones oportunas.
8. En el caso de faltas muy graves (baja definitiva), requerirá la tramitación establecida en la
normativa concordante del programa de escuelas taller, casas de oficio y talleres de empleo.
XVI. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR,
VIGENCIA, MODIFICACIÓN/REFORMA.
a) Régimen jurídico. En lo no establecido en el presente reglamento interno, se estará a
lo dispuesto en la legislación laboral, legislación de régimen local, normativa del
Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y demás aplicable.
b) Jurisdicción competente. La jurisdicción social, es la competente para conocer acerca
de las cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar
entre la entidad promotora y los/as alumnos/as / trabajadores/as, así como entre ésta y
los/as integrantes del equipo formativo.
c) Entrada en vigor. El presente reglamento, entrará en vigor una vez haya sido
aprobado por los/as integrantes del programa C.R.A. de formación en alternancia con el
empleo "Compost-Jara" y entidad promotora Excmo. Ayto. de Jarandilla de la Vera.
d) Vigencia. Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa formativo del
programa de formación, todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales aplicables.
e) Modificación/reforma. El Ayuntamiento de Jarandilla de la Vera a iniciativa propia o a
requerimiento de la Coordinadora del Programa de Formación en alternancia con el
empleo "Compost-Jara" podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente reglamento interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
f) Se aplicarán medidas preventivas COVID 19 conforme a la normativa en vigor y con
las directrices que establezca la empresa de prevención de riesgos laborales en la
formación impartida en el programa colaborativo rural Ateneo “Compost-Jara”.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del
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