Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-4441)
BOP-2024-4441 Aprobar la delegación de competencias para la selección de Policías Locales por oposición libre en la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
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Copia
Electrónica
Auténtica
aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación y abono
de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal, asesoras y de
apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso
selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos administrativos que se
presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante la jurisdicción contencioso-
administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. - Compromiso del/los Ayuntamiento/Ayuntamientos.
Cada municipio se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante
acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en el apartado
primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del empleo de policía
local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía
Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las vacantes de su plantilla de
policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias
delegadas a través de la Dirección General adscrita a la Consejería competente en materia de
coordinación de policía Local. Tal delegación debe incluir, en todo caso, la resolución de los
recursos administrativos que puedan interponerse contra los actos administrativos dictados
en el ejercicio de las competencias delegadas y comprenderá únicamente las plazas de
oposición libre objeto de cobertura a través del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio
de dicha delegación, así como el presente Convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil con competencia en materia
de coordinación de policía local, en todo caso, como fecha límite antes del fin del mes de
enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía Local objeto de delegación,
utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y
TERRITORIO Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA
POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS
DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA
LOCAL DE EXTREMADURA.
La duración de la delegación de competencias se mantendrá, en todo caso, mientras se
desarrolle el proceso selectivo para el que se efectuó dicha comunicación estando vigente el
presente convenio. Si el Ayuntamiento, mediante acuerdo del Pleno, revoca dicha
delegación, deberá comunicarla fehacientemente a la Secretaría General de Interior,
Emergencias y Protección Civil competente en materia de coordinación policía local y
publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia. Los efectos del acuerdo de revocación de la
delegación de competencias habrán de producirse tras la finalización del proceso selectivo
anual convocado al amparo de la misma, es decir, hasta el nombramiento de las personas
Cód.
Validación:
9K26J3HCSP7M29769GD6PNJXH
Verificación:
https://trujillo.sedelectronica.es/
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BOP-2024-4441
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Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
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aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación y abono
de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal, asesoras y de
apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso
selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos administrativos que se
presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante la jurisdicción contencioso-
administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. - Compromiso del/los Ayuntamiento/Ayuntamientos.
Cada municipio se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante
acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en el apartado
primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del empleo de policía
local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía
Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las vacantes de su plantilla de
policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias
delegadas a través de la Dirección General adscrita a la Consejería competente en materia de
coordinación de policía Local. Tal delegación debe incluir, en todo caso, la resolución de los
recursos administrativos que puedan interponerse contra los actos administrativos dictados
en el ejercicio de las competencias delegadas y comprenderá únicamente las plazas de
oposición libre objeto de cobertura a través del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio
de dicha delegación, así como el presente Convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil con competencia en materia
de coordinación de policía local, en todo caso, como fecha límite antes del fin del mes de
enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía Local objeto de delegación,
utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el CONVENIO DE COLABORACIÓN
ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y
TERRITORIO Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA
POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS
DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA
LOCAL DE EXTREMADURA.
La duración de la delegación de competencias se mantendrá, en todo caso, mientras se
desarrolle el proceso selectivo para el que se efectuó dicha comunicación estando vigente el
presente convenio. Si el Ayuntamiento, mediante acuerdo del Pleno, revoca dicha
delegación, deberá comunicarla fehacientemente a la Secretaría General de Interior,
Emergencias y Protección Civil competente en materia de coordinación policía local y
publicarla en el Boletín Oficial de la Provincia. Los efectos del acuerdo de revocación de la
delegación de competencias habrán de producirse tras la finalización del proceso selectivo
anual convocado al amparo de la misma, es decir, hasta el nombramiento de las personas
Cód.
Validación:
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