Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-4430)
BOP-2024-4430 Acuerdo regulador del precio público comidas populares Fiestas del Ramo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Casar de Cáceres
ARTÍCULO 5. Cuantía
La cuantía del precio público regulado en este Acuerdo será la cantidad de dos euros
(2,00 €) por ración o plato.
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
No se establecen exenciones ni bonificaciones.
ARTÍCULO 7. Devengo
El devengo y la obligación de pago del precio público nacen en el momento en que se
solicita la prestación de cualquiera de los servicios que regulan en este Acuerdo, esto es,
en el momento en que se solicita una ración.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión
El pago del precio público se abonará en efectivo (incluyendo, en su caso, el pago a
través de datáfono), en el lugar que se establezca al efecto durante la celebración del
evento.
El pago del precio público deberá hacerse efectivo en el mismo momento en el que se
solicite la ración, bien sea a la misma entrega de la misma o previo a la entrega si se
estableciese un sistema de tickets u otro similar.
Cuando por causas no imputables al obligado el servicio no se preste, procederá la
devolución del importe correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 46.2 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimiento
administrativo de apremio, de conformidad con el artículo 46.3 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo y la norma de recaudación que sea de aplicación.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
Cód.
Validación:
4TE749AYEKCPLT7MR7NY7ZQCT
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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3
CVE:
BOP-2024-4430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
Pág. 18501
ARTÍCULO 5. Cuantía
La cuantía del precio público regulado en este Acuerdo será la cantidad de dos euros
(2,00 €) por ración o plato.
ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones
No se establecen exenciones ni bonificaciones.
ARTÍCULO 7. Devengo
El devengo y la obligación de pago del precio público nacen en el momento en que se
solicita la prestación de cualquiera de los servicios que regulan en este Acuerdo, esto es,
en el momento en que se solicita una ración.
ARTÍCULO 8. Normas de Gestión
El pago del precio público se abonará en efectivo (incluyendo, en su caso, el pago a
través de datáfono), en el lugar que se establezca al efecto durante la celebración del
evento.
El pago del precio público deberá hacerse efectivo en el mismo momento en el que se
solicite la ración, bien sea a la misma entrega de la misma o previo a la entrega si se
estableciese un sistema de tickets u otro similar.
Cuando por causas no imputables al obligado el servicio no se preste, procederá la
devolución del importe correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 46.2 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimiento
administrativo de apremio, de conformidad con el artículo 46.3 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo y la norma de recaudación que sea de aplicación.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
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Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
Pág. 18501