Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-4430)
BOP-2024-4430 Acuerdo regulador del precio público comidas populares Fiestas del Ramo
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO COMIDAS POPULARES
FIESTAS DEL RAMO
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo establece el presente precio público por la
prestación de servicios de las Comidas Populares durante la Fiestas del Ramo y según las
normas contenidas en este Acuerdo de las que aquéllas son parte integrante.
Con el fin de unir a los vecinos a través de la cultura gastronómica durante las Fiestas del
Ramo se suelen realizar diversas Comidas Populares (reparto de raciones de panceta,
paella, etc), con este Acuerdo se pretenden regular dichas Comidas Populares y el precio
a establecer por las raciones o platos que se soliciten por las personas participantes en
las mismas.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible la efectiva prestación del servicio o realización de la
actividad por la Administración municipal, bien porque haya sido instada bien porque
indirectamente haya sido provocada por las acciones u omisiones de los particulares.
ARTÍCULO 3. Obligados al Pago
Están obligados al pago del precio público regulado en este Acuerdo, quienes se
beneficien de los servicios y actividades prestados o realizados por el Ayuntamiento a
que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, y en particular las personas que
soliciten la correspondiente ración o plato.
ARTÍCULO 4. RESPONSABLES
En relación con la responsabilidad solidaria y subsidiaria del precio público, se estará a lo
establecido en los artículos 41, 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
Cód.
Validación:
4TE749AYEKCPLT7MR7NY7ZQCT
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
3
CVE:
BOP-2024-4430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
Pág. 18500
ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO COMIDAS POPULARES
FIESTAS DEL RAMO
ARTÍCULO 1. Fundamento y Objeto
Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo establece el presente precio público por la
prestación de servicios de las Comidas Populares durante la Fiestas del Ramo y según las
normas contenidas en este Acuerdo de las que aquéllas son parte integrante.
Con el fin de unir a los vecinos a través de la cultura gastronómica durante las Fiestas del
Ramo se suelen realizar diversas Comidas Populares (reparto de raciones de panceta,
paella, etc), con este Acuerdo se pretenden regular dichas Comidas Populares y el precio
a establecer por las raciones o platos que se soliciten por las personas participantes en
las mismas.
ARTÍCULO 2. Hecho Imponible
Constituye el hecho imponible la efectiva prestación del servicio o realización de la
actividad por la Administración municipal, bien porque haya sido instada bien porque
indirectamente haya sido provocada por las acciones u omisiones de los particulares.
ARTÍCULO 3. Obligados al Pago
Están obligados al pago del precio público regulado en este Acuerdo, quienes se
beneficien de los servicios y actividades prestados o realizados por el Ayuntamiento a
que se refiere el artículo primero de este Acuerdo, y en particular las personas que
soliciten la correspondiente ración o plato.
ARTÍCULO 4. RESPONSABLES
En relación con la responsabilidad solidaria y subsidiaria del precio público, se estará a lo
establecido en los artículos 41, 42 y 43, respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria.
Ayuntamiento de Casar de Cáceres
Plaza España, 1, Casar de Cáceres. 10190 (Cáceres). Tfno. 927290002. Fax: 927291064
Cód.
Validación:
4TE749AYEKCPLT7MR7NY7ZQCT
Verificación:
https://casardecaceres.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
1
de
3
CVE:
BOP-2024-4430
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 19 de agosto de 2024
N.º 0159
Pág. 18500