Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes. (BOP-2024-4405)
BOP-2024-4405 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir en propiedad, mediante concurso, una plaza de Operario de servicios múltiples, una plaza de Auxiliar de ayuda a domicilio y dos plazas de Limpiadora, derivadas del proceso extraordinario de estabilización.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
b. documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia auténtica
de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo II, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el
BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no
hubieran sido acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá
recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación
complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos
alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de
presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa
y formal de lo establecido en las presentes bases.
4.3. Datos personales: los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán
tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un
acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable
del tratamiento de estos datos.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
5.1. Lista provisional de admitidos: finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Alcalde-Presidente dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas. Dicha Resolución, que se publicará en la sede electrónica
del Ayuntamiento, incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del motivo de exclusión, en su caso, así como del plazo de subsanación previsto en
el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.2. Lista definitiva de admitidos: finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará
por el mismo medio resolución elevando a definitiva la lista provisional, incluyendo a los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
Cód.
Validación:
6X6LDHQWRYG4GW769LS7Y9AMQ
Verificación:
https://pueblonuevodemiramontes.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18403
b. documentos acreditativos de los méritos, originales (para su compulsa) o copia auténtica
de los mismos.
Las solicitudes, según modelo del Anexo II, podrán presentarse también por cualquiera de los
medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La fecha límite para la valoración de méritos será la de publicación de las convocatorias en el
BOE. En ningún caso se valorarán méritos no relacionados en la solicitud, ni aquellos que no
hubieran sido acreditados documentalmente.
El tribunal calificador puede requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las
circunstancias y documentos aportados en cualquier momento. Asimismo, el tribunal podrá
recabar de los/as interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación
complementaria que se estime necesaria para la comprobación de los requisitos y méritos
alegados, pudiendo expulsar del proceso selectivo a los aspirantes que falseen o modifiquen
dicha documentación aportada. Todo ello sin menoscabo del cumplimiento de la obligación de
presentar la documentación acreditativa de los méritos dentro del plazo previsto.
Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del/a interesado/a.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa
y formal de lo establecido en las presentes bases.
4.3. Datos personales: los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán
tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo. Cuando sea necesario publicar un
acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la forma que determina la
disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. El Ayuntamiento será el responsable
del tratamiento de estos datos.
QUINTA. ADMISIÓN DE ASPIRANTES
5.1. Lista provisional de admitidos: finalizado el plazo de presentación de instancias, el
Alcalde-Presidente dictará Resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas
aspirantes admitidas y excluidas. Dicha Resolución, que se publicará en la sede electrónica
del Ayuntamiento, incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos, con
indicación del motivo de exclusión, en su caso, así como del plazo de subsanación previsto en
el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
5.2. Lista definitiva de admitidos: finalizado el plazo de subsanación de errores, se publicará
por el mismo medio resolución elevando a definitiva la lista provisional, incluyendo a los
aspirantes que fueron excluidos y que hayan subsanado errores u omisiones, determinando
Ayuntamiento de Pueblonuevo de Miramontes
Plaza Mayor s/n, Pueblonuevo de Miramontes. 10318 (Cáceres). Tfno. 927573046. Fax: 927573276
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