Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monroy. (BOP-2024-4401)
BOP-2024-4401 Modificación de Ordenanza.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Monroy
EDICTO. Modificación de Ordenanza.
Aprobada definitivamente la modificación de la “Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
entrada de vehículos a través de las aceras, y las reservas de vía pública para aparcamiento
exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase”, por no
haberse presentado reclamaciones al acuerdo de aprobación provisional de modificación de la
misma, durante el plazo establecido para ello; en virtud de lo establecido en el artículo 17.4 del
Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D. Legislativo
2/2.004, de 5 de marzo, se publica en el B.O.P. el texto íntegro de dicha modificación:
ARTÍCULO 1.- Concepto.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio,
este Ayuntamiento establece la TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS
ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, Y CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE.
ARTÍCULO 2.- Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza las personas o
entidades a cuyo favor se otorguen las licencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento,
si se procedió sin la oportuna autorización.
ARTÍCULO 3.- Cuantía.
La cuantía de la tasa recogida en esta Ordenanza será fija y se cobrará de una sola vez,
ascendiendo a la cantidad de:
20,00 € anuales para los vados o entradas de vehículos a través de las aceras.
CVE:
BOP-2024-4401
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18392
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Monroy
EDICTO. Modificación de Ordenanza.
Aprobada definitivamente la modificación de la “Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por
entrada de vehículos a través de las aceras, y las reservas de vía pública para aparcamiento
exclusivo, parada de vehículos, y carga y descarga de mercancías de cualquier clase”, por no
haberse presentado reclamaciones al acuerdo de aprobación provisional de modificación de la
misma, durante el plazo establecido para ello; en virtud de lo establecido en el artículo 17.4 del
Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D. Legislativo
2/2.004, de 5 de marzo, se publica en el B.O.P. el texto íntegro de dicha modificación:
ARTÍCULO 1.- Concepto.
En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y de conformidad con lo previsto en el artículo 20 de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio,
este Ayuntamiento establece la TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS
ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
PARADA DE VEHÍCULOS, Y CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS DE CUALQUIER
CLASE.
ARTÍCULO 2.- Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa regulada en esta Ordenanza las personas o
entidades a cuyo favor se otorguen las licencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento,
si se procedió sin la oportuna autorización.
ARTÍCULO 3.- Cuantía.
La cuantía de la tasa recogida en esta Ordenanza será fija y se cobrará de una sola vez,
ascendiendo a la cantidad de:
20,00 € anuales para los vados o entradas de vehículos a través de las aceras.
CVE:
BOP-2024-4401
Verificable
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Miércoles, 14 de agosto de 2024
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