Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyomolinos de la Vera. (BOP-2024-4397)
BOP-2024-4397 Aprobación definitiva Ordenanza General Subvenciones.
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ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DE ARROYOMOLINOS DE LA VERA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente Ordenanza se dicta en el ejercicio de la potestad administrativa reglamentaria
atribuida en el artículo 4.1 de la Ley 7/1985 reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de
abril. Con el objetivo de regular el tratamiento de las subvenciones en las Administraciones
Públicas, fue aprobada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones,
desarrollada por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley General de Subvenciones.
La mencionada Ley General de Subvenciones (LGS) cuya Exposición de Motivos establece la
necesidad de trasladar los principios rectores de la Ley de Estabilidad Presupuestaria a los
distintos componentes del presupuesto; se rige por la aplicación del principio de transparencia,
inspirado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Asimismo rigen también los principios de
eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público a la hora de tramitar las subvenciones.
De esta manera, la presente ordenanza regulará, por primera vez, la actividad subvencional de
este Ayuntamiento, la cual incluirá la adecuación a los citados principios y el régimen
sancionador.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación
previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de
las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
ARTÍCULO 1. Objeto de la Subvención
De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, por medio de la presente Ordenanza se establecen las bases
reguladoras de la concesión de subvenciones por este Ayuntamiento, conforme a los principios
de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y
eficiencia, recogidos en dicha Ley.
ARTÍCULO 2. Áreas Objeto de Subvención
El Ayuntamiento, por medio de los procedimientos previstos en esta Ordenanza, podrá
conceder subvenciones en las siguientes áreas:
CVE:
BOP-2024-4397
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
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