Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-4396)
BOP-2024-4396 Acuerdo regulador del precio público por prestación del servicio de comida a domicilio.
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Artículo 12º. – Cobranza.
La recaudación y liquidación se llevará a cabo por este Ayuntamiento, gestionándose desde la
Residencia de Mayores “Virgen de la Luz”.
El precio público se cobrará en forma de domiciliación bancaria, por meses vencidos, previa
aprobación de la relación de obligados al pago, conforme con los datos formulados por la
trabajadora social de la Residencia de Mayores, como unidad de gestión del servicio público.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Se deroga expresamente la ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la prestación
de servicios sociales de atención a personas dependientes en el Ayuntamiento de Arroyo de la
Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 142 de 26 de Julio de 2005.
DISPOSICION FINAL.
El presente acuerdo entrará en vigor entrará en vigor en el plazo de quince días contados a
partir de la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.2 y
65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Su vigencia continuará en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación
de este anuncio.
Arroyo de la Luz , 13 de agosto de 2024
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-4396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
Pág. 18350
La recaudación y liquidación se llevará a cabo por este Ayuntamiento, gestionándose desde la
Residencia de Mayores “Virgen de la Luz”.
El precio público se cobrará en forma de domiciliación bancaria, por meses vencidos, previa
aprobación de la relación de obligados al pago, conforme con los datos formulados por la
trabajadora social de la Residencia de Mayores, como unidad de gestión del servicio público.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
Se deroga expresamente la ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por la prestación
de servicios sociales de atención a personas dependientes en el Ayuntamiento de Arroyo de la
Luz, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 142 de 26 de Julio de 2005.
DISPOSICION FINAL.
El presente acuerdo entrará en vigor entrará en vigor en el plazo de quince días contados a
partir de la fecha de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.2 y
65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Su vigencia continuará en tanto no se acuerde su modificación o derogación expresas.
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con
sede en Cáceres, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación
de este anuncio.
Arroyo de la Luz , 13 de agosto de 2024
Carlos Caro Domínguez
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-4396
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 14 de agosto de 2024
N.º 0157
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