Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabañas del Castillo. (BOP-2024-4375)
BOP-2024-4375 Subvención para adquisición material escolar y extraescolar Curso 2024-2025.
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Ayuntamiento de Cabañas del Castillo
a) Documento Nacional de Identidad del /de la solicitante
b) Libro de Familia, si procediera
c) Datos bancarios del /de la solicitante.
d) Declaración responsable de que en el /la solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
(ANEXO II)
e) Declaración jurada, en su caso, de las ayudas percibidas para el estudio por otras
Administraciones Públicas y por cualquiera de los conceptos (ANEXO II)
f) Justificantes de los gastos realizados objeto de las ayudas. Se admitirá como
justificante factura debidamente cumplimentada donde su concepto identifique
CON CLARIDAD el tipo de material escolar complementario adquirido o el
material fungible que se considere necesario para el desarrollo de los estudios. No
basta con que la factura recoja el concepto “material escolar”. Se debe identificar
claramente el material que se adquiere. Este requisito es fundamental e
indispensable para la concesión de la ayuda y no serán admitidas aquellas facturas
que no identifiquen claramente este concepto. Solo se admitirán facturas fechadas
desde el día 16 de agosto de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024.
g) Documento acreditativo de estar matriculado para el Curso Escolar 2024 /2025 en
cualquiera de las Unidades Escolares del CRA Las Villuercas en Roturas de
Cabañas.
h) Declaración jurada del /de la solicitante y/o del /de la beneficiario /a de que la ayuda
que se concede por este Ayuntamiento se destinará al fin previsto (ANEXO II)
i) Declaración jurada del /de la solicitante y /o del /de la beneficiario /a de que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social (ANEXO II)
j) Declaración jurada del / de la solicitante de que las facturas y justificantes de gastos
que aporta, junto con la solicitud de ayudas, se corresponden con gastos
efectivamente realizados y directamente relacionados con aquellas (ANEXO III)
k) Certificación acreditativa de que el / la solicitante o el /la beneficiario /a se
encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Local.
(Ayuntamiento de CABAÑAS DEL CASTILLO).
X.- SUBSANACION DE DEFECTOS
A aquellos /as solicitantes cuya solicitud o documentación que debe ser presentada no
esté completa o tuviera algún defecto, se les requerirá para que en el plazo de 10 días lo
subsanen, advirtiéndoles que en caso contrario será archivada su solicitud, sin mas trámite, todo
ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1, de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
XI.- JURADO
Para la valoración y selección de las solicitudes, así como para su seguimiento se
constituirá un Jurado que estará integrado por:
Presidente: D. Jesús Fernández Hormeño, Alcalde -Presidente del Ayuntamiento o
miembro de la Corporación en quien delegue.
Cód.
Validación:
795ACM359LKHXE5GQMGH3NE9Z
Verificación:
https://cabanasdelcastillo.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4375
Verificable
en:
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Martes, 13 de agosto de 2024
N.º 0156
Pág. 18297
a) Documento Nacional de Identidad del /de la solicitante
b) Libro de Familia, si procediera
c) Datos bancarios del /de la solicitante.
d) Declaración responsable de que en el /la solicitante no concurre ninguna de las
circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones
públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones
(ANEXO II)
e) Declaración jurada, en su caso, de las ayudas percibidas para el estudio por otras
Administraciones Públicas y por cualquiera de los conceptos (ANEXO II)
f) Justificantes de los gastos realizados objeto de las ayudas. Se admitirá como
justificante factura debidamente cumplimentada donde su concepto identifique
CON CLARIDAD el tipo de material escolar complementario adquirido o el
material fungible que se considere necesario para el desarrollo de los estudios. No
basta con que la factura recoja el concepto “material escolar”. Se debe identificar
claramente el material que se adquiere. Este requisito es fundamental e
indispensable para la concesión de la ayuda y no serán admitidas aquellas facturas
que no identifiquen claramente este concepto. Solo se admitirán facturas fechadas
desde el día 16 de agosto de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024.
g) Documento acreditativo de estar matriculado para el Curso Escolar 2024 /2025 en
cualquiera de las Unidades Escolares del CRA Las Villuercas en Roturas de
Cabañas.
h) Declaración jurada del /de la solicitante y/o del /de la beneficiario /a de que la ayuda
que se concede por este Ayuntamiento se destinará al fin previsto (ANEXO II)
i) Declaración jurada del /de la solicitante y /o del /de la beneficiario /a de que se
encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la
Seguridad Social (ANEXO II)
j) Declaración jurada del / de la solicitante de que las facturas y justificantes de gastos
que aporta, junto con la solicitud de ayudas, se corresponden con gastos
efectivamente realizados y directamente relacionados con aquellas (ANEXO III)
k) Certificación acreditativa de que el / la solicitante o el /la beneficiario /a se
encuentran al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Local.
(Ayuntamiento de CABAÑAS DEL CASTILLO).
X.- SUBSANACION DE DEFECTOS
A aquellos /as solicitantes cuya solicitud o documentación que debe ser presentada no
esté completa o tuviera algún defecto, se les requerirá para que en el plazo de 10 días lo
subsanen, advirtiéndoles que en caso contrario será archivada su solicitud, sin mas trámite, todo
ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1, de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
XI.- JURADO
Para la valoración y selección de las solicitudes, así como para su seguimiento se
constituirá un Jurado que estará integrado por:
Presidente: D. Jesús Fernández Hormeño, Alcalde -Presidente del Ayuntamiento o
miembro de la Corporación en quien delegue.
Cód.
Validación:
795ACM359LKHXE5GQMGH3NE9Z
Verificación:
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