Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4364)
BOP-2024-4364 Bases reguladoras de la convocatoria de para la cobertura, con carácter interino, de una plaza de Dinamizador/a Socio-Cultural, por el sistema selectivo de concurso-oposición.
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Estarán exentas de pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
100. Para el disfrute de esta exención se deberá acreditar la citada minusvalía mediante la
presentación de certificado expedido por el organismo competente.
Estarán exentos de pago de la tasa los aspirantes que acrediten fehacientemente estar
desempleados durante el plazo de al menos 1 mes anterior a la fecha de publicación de la
convocatoria de las pruebas de acceso en las que soliciten su participación.
La situación de desempleo se podrá acreditar, entre otros, adjuntando a la instancia informe o
certificado del SEXPE y en todo caso deberán presentar vida laboral actualizada.
La presentación del modelo de instancia o solicitud de admisión en el proceso selectivo supone
la declaración de que son ciertos los datos consignados en la misma, de que se reúnen las
condiciones exigidas para el ingreso en las Administraciones Públicas como personal laboral y
de que se reúnen, asimismo, las condiciones específicamente señaladas en la convocatoria,
comprometiéndose los/as interesados/as a probar documentalmente, una vez superado el
proceso selectivo, todos los datos que figuren en la solicitud, o en el momento que sea
requerido/a para ello. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en la
convocatoria constituye sometimiento expreso de los/as aspirantes a estas bases, que tienen la
consideración de Ley reguladora de dicha convocatoria
Listado de personas admitidas y excluidas:
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Alcalde Presidente, en el plazo
máximo de 2 meses, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de las
personas aspirantes admitidas y excluidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cáceres, en el tablón de anuncios de la sede electrónica
https://moraleja.sedelectronica.es, en la página web www.moraleja.es y en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja.
En la resolución se hará constar que los/as aspirantes cuentan con un plazo de 5 días hábiles
para subsanación de defectos y posibles reclamaciones, a partir del día siguiente a su
publicación. Asimismo, aquellos/as aspirantes que hayan detectado errores en la consignación
de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo. Aquellas personas que dentro
del plazo señalado no subsanen el defecto que motivó la exclusión o no presenten reclamación
justificando su derecho a ser incluidas en la relación provisional de admitidas, serán
definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
En el término de 5 días hábiles desde que termine el plazo de subsanación de errores y
reclamaciones se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, en el tablón de
CVE:
BOP-2024-4364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
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