Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-4364)
BOP-2024-4364 Bases reguladoras de la convocatoria de para la cobertura, con carácter interino, de una plaza de Dinamizador/a Socio-Cultural, por el sistema selectivo de concurso-oposición.
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Para ello, el Tribunal podrá realizar al/la aspirante cuantas preguntas y aclaraciones sean
necesarias para la correcta y objetiva valoración de la prueba.
El Tribunal valorará la pertinencia de los contenidos, el grado de conocimiento de la materia, la
calidad técnica de las respuestas, su viabilidad y la posibilidad de ejecución práctica, la
capacidad de análisis y de síntesis, el nivel de la exposición oral y escrita además de las
aptitudes y motivaciones para el puesto.
Las actuaciones que lleve a cabo el Tribunal para la corrección y valoración del ejercicio
garantizarán la igualdad de las personas aspirantes, teniendo un carácter estrictamente
objetivo y relacionado con el desempeño del puesto.
Una vez finalizada la corrección de los ejercicios, se publicará por el Tribunal de Selección en
el tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la página
web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja, la relación de
los/as aspirantes que han superado el mismo, disponiendo los/as interesados/as de un plazo
de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Calificación de la fase de oposición.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, siempre y cuando superaran la fase
práctica de la oposición.
FASE DE CONCURSO (máximo 4 puntos)
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la
fase de oposición.
Consistirá en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y
debidamente acreditados por el personal aspirante, computados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias, en los términos que a continuación se relacionan:
EXPERIENCIA LABORAL. Puntuación máxima 2 puntos
Por cada mes completo de experiencia profesional como Dinamizador/a Cultural,
Animador/a Sociocultural al servicio de una Administración Local, con independencia de
la vinculación jurídica laboral o administrativa: 0,15 puntos por mes.
Por cada mes completo de experiencia profesional como Dinamizador/a Cultural,
Animador/a Sociocultural al servicio de otras Administraciones Públicas, distintas de una
CVE:
BOP-2024-4364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
Pág. 18234
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Para ello, el Tribunal podrá realizar al/la aspirante cuantas preguntas y aclaraciones sean
necesarias para la correcta y objetiva valoración de la prueba.
El Tribunal valorará la pertinencia de los contenidos, el grado de conocimiento de la materia, la
calidad técnica de las respuestas, su viabilidad y la posibilidad de ejecución práctica, la
capacidad de análisis y de síntesis, el nivel de la exposición oral y escrita además de las
aptitudes y motivaciones para el puesto.
Las actuaciones que lleve a cabo el Tribunal para la corrección y valoración del ejercicio
garantizarán la igualdad de las personas aspirantes, teniendo un carácter estrictamente
objetivo y relacionado con el desempeño del puesto.
Una vez finalizada la corrección de los ejercicios, se publicará por el Tribunal de Selección en
el tablón de anuncios de la sede electrónica https://moraleja.sedelectronica.es, en la página
web www.moraleja.es y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Moraleja, la relación de
los/as aspirantes que han superado el mismo, disponiendo los/as interesados/as de un plazo
de 3 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
Calificación de la fase de oposición.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, siempre y cuando superaran la fase
práctica de la oposición.
FASE DE CONCURSO (máximo 4 puntos)
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar la
fase de oposición.
Consistirá en la comprobación y aplicación de un baremo para calificar los méritos alegados y
debidamente acreditados por el personal aspirante, computados hasta la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias, en los términos que a continuación se relacionan:
EXPERIENCIA LABORAL. Puntuación máxima 2 puntos
Por cada mes completo de experiencia profesional como Dinamizador/a Cultural,
Animador/a Sociocultural al servicio de una Administración Local, con independencia de
la vinculación jurídica laboral o administrativa: 0,15 puntos por mes.
Por cada mes completo de experiencia profesional como Dinamizador/a Cultural,
Animador/a Sociocultural al servicio de otras Administraciones Públicas, distintas de una
CVE:
BOP-2024-4364
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 12 de agosto de 2024
N.º 0155
Pág. 18234