Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-4313)
BOP-2024-4313 Avocación competencias entre Junta Extremadura, Excma. Diputación de Badajoz y Excma. Diputación de Cáceres, materia de Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, 2024-2027.
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SEGUNDO. - La tramitación administrativa y contable que proceda con posterioridad a la
firma del Convenio seguirá siendo competencia de la Vicepresidencia Segunda de la
Excma. Diputación Provincial, de conformidad con lo establecido en la Resolución
Presidencial de 5 de julio de 2023.
Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución serán resueltas por esta
Presidencia.
TERCERO. - Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio
de su eficacia desde la firma de la misma y notificase a los diputados e interesados
afectados.
En Cáceres, en la fecha indicada en informe de firma al margen.
Fe pública, SECRETARIO Presidente
Firmado: JOSE ALVARO CASAS AVILES MIGUEL ANGEL MORALES SANCHEZ
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2MIA0KQ0G0E1JJCY3ILU285YG29YHV
DIPCC-PF2MIA0KQ0G0E1JJCY3ILU285YG29YHV
|
Este
documento
es
Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
07/08/2024
13:29
3/3
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-4313
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
Pág. 18102
firma del Convenio seguirá siendo competencia de la Vicepresidencia Segunda de la
Excma. Diputación Provincial, de conformidad con lo establecido en la Resolución
Presidencial de 5 de julio de 2023.
Las dudas que surjan en la interpretación de la presente resolución serán resueltas por esta
Presidencia.
TERCERO. - Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio
de su eficacia desde la firma de la misma y notificase a los diputados e interesados
afectados.
En Cáceres, en la fecha indicada en informe de firma al margen.
Fe pública, SECRETARIO Presidente
Firmado: JOSE ALVARO CASAS AVILES MIGUEL ANGEL MORALES SANCHEZ
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2MIA0KQ0G0E1JJCY3ILU285YG29YHV
DIPCC-PF2MIA0KQ0G0E1JJCY3ILU285YG29YHV
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artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
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Seguro
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Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
-
SECRETARIO
(DIPUTACION
DE
CACERES)
MIGUEL
ANGEL
MORALES
SANCHEZ
-
PRESIDENTE
(DIPUTACION
DE
CACERES)
Firmantes:
L02000010
07/08/2024
13:29
3/3
DIR3
Órgano:
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CVE:
BOP-2024-4313
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 9 de agosto de 2024
N.º 0154
Pág. 18102