Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4277)
BOP-2024-4277 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir, con carácter de laboral fijo, una plaza de Oficial de primera.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montehermoso
a la parte específica del mismo.
Se puntuará con un máximo de cien puntos si todas las preguntas del cuestionario se responden de manera
correcta, aplicando para el resto de los casos un sistema proporcional de regla de tres directa, siendo
necesario para superar el ejercicio tener una calificación de 50 puntos en total.
Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta y las
contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta
consideración las preguntas no contestadas que, en consecuencia, tendrán valor cero.
Para superar este ejercicio será necesario obtener un mínimo de 50 puntos y será eliminatorio.
Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica
de la página web del Ayuntamiento de Montehermoso y en el Tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial, la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la plantilla de respuestas provisional en el Tablón de anuncios, para formular
reclamaciones a la misma. La resolución de las reclamaciones que sean tenidas en cuenta por parte del
Tribunal, se hará pública con el listado de puntuaciones de los aspirantes junto con la plantilla de
respuestas definitivas, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la
citada publicación.
SEGUNDO EJERCICIO (40% de la fase de oposición)
El segundo ejercicio consistirá en realizar manualmente dos o más pruebas prácticas relacionadas con la
parte específica del programa (Anexo III), propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo
de la prueba.
Cada una de las dos pruebas será obligatoria y eliminatoria.
Los criterios de calificación que ha de seguir el Tribunal en la corrección, serán los siguientes: Se
valorará la habilidad y destreza 30%, la perfección y corrección técnica 30%, tiempo 25% y limpieza
15%, estableciendo un tiempo máximo que también será fijado por el Tribunal en el momento de inicio
del ejercicio.
FASE CONCURSO:
A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que
aleguen y aporten junto a su solicitud.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de
la fase de oposición, calificándose hasta un máximo de 20 puntos.
A la puntuación obtenida en el Concurso, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición,
siempre que en ésta se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta
forma la puntuación final de cada aspirante y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de
plazas convocadas.
Méritos computables:
a) Experiencia Profesional: Hasta un máximo de 10 puntos.
- 0,08 puntos por mes trabajado, para trabajos realizados para la administración local, en
puestos de la misma categoría profesional al ofrecido en la convocatoria. Entendiéndose por
puesto de la misma categoría profesional el realizado como oficial de primera.
- 0,05 puntos por mes trabajado, para cualquier otra administración, en puestos de la misma
categoría profesional al ofrecido en la convocatoria. Entendiéndose por puesto de la misma
categoría profesional el realizado como oficial de primera.
- 0,05 puntos por mes trabajado, para trabajos realizados para la empresa privada, en puestos
Cód.
Validación:
3SLPTWXRZ4Q6F9LP5D4W2SLP6
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
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esPublico
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BOP-2024-4277
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en:
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Miércoles, 7 de agosto de 2024
N.º 0152
Pág. 17830
a la parte específica del mismo.
Se puntuará con un máximo de cien puntos si todas las preguntas del cuestionario se responden de manera
correcta, aplicando para el resto de los casos un sistema proporcional de regla de tres directa, siendo
necesario para superar el ejercicio tener una calificación de 50 puntos en total.
Las preguntas contarán con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una de ellas será correcta y las
contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de la respuesta correcta. No tendrán esta
consideración las preguntas no contestadas que, en consecuencia, tendrán valor cero.
Para superar este ejercicio será necesario obtener un mínimo de 50 puntos y será eliminatorio.
Tras la realización del ejercicio, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica
de la página web del Ayuntamiento de Montehermoso y en el Tablón de anuncios físico de la Casa
Consistorial, la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales, contados desde el día siguiente al de la
publicación de la plantilla de respuestas provisional en el Tablón de anuncios, para formular
reclamaciones a la misma. La resolución de las reclamaciones que sean tenidas en cuenta por parte del
Tribunal, se hará pública con el listado de puntuaciones de los aspirantes junto con la plantilla de
respuestas definitivas, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la
citada publicación.
SEGUNDO EJERCICIO (40% de la fase de oposición)
El segundo ejercicio consistirá en realizar manualmente dos o más pruebas prácticas relacionadas con la
parte específica del programa (Anexo III), propuestos por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo
de la prueba.
Cada una de las dos pruebas será obligatoria y eliminatoria.
Los criterios de calificación que ha de seguir el Tribunal en la corrección, serán los siguientes: Se
valorará la habilidad y destreza 30%, la perfección y corrección técnica 30%, tiempo 25% y limpieza
15%, estableciendo un tiempo máximo que también será fijado por el Tribunal en el momento de inicio
del ejercicio.
FASE CONCURSO:
A los aspirantes que hayan superado la oposición se les valorará en la fase de concurso los méritos que
aleguen y aporten junto a su solicitud.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de
la fase de oposición, calificándose hasta un máximo de 20 puntos.
A la puntuación obtenida en el Concurso, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición,
siempre que en ésta se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta
forma la puntuación final de cada aspirante y el número de aprobados, que no podrá ser superior al de
plazas convocadas.
Méritos computables:
a) Experiencia Profesional: Hasta un máximo de 10 puntos.
- 0,08 puntos por mes trabajado, para trabajos realizados para la administración local, en
puestos de la misma categoría profesional al ofrecido en la convocatoria. Entendiéndose por
puesto de la misma categoría profesional el realizado como oficial de primera.
- 0,05 puntos por mes trabajado, para cualquier otra administración, en puestos de la misma
categoría profesional al ofrecido en la convocatoria. Entendiéndose por puesto de la misma
categoría profesional el realizado como oficial de primera.
- 0,05 puntos por mes trabajado, para trabajos realizados para la empresa privada, en puestos
Cód.
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