Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-4277)
BOP-2024-4277 Bases que han de regir la convocatoria para cubrir, con carácter de laboral fijo, una plaza de Oficial de primera.
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Ayuntamiento de Montehermoso
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección el personal de elección o de designación
política, personal funcionario interino o laboral temporal, el personal eventual, ni las personas que en los
cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria hubieran realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas o hubieran colaborado durante ese período con centros de preparación de
opositores.
El tribunal calificador será nombrado por la Sra. Alcaldesa de la Corporación y lo formarán cinco
técnicos, uno de ellos actuará de presidente y otro de secretario. El tribunal quedará integrado también por
los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares se designen.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie. Asimismo, actuarán con plena autonomía y serán personalmente
responsables de la objetividad del procedimiento, del estricto cumplimiento de las bases de la
convocatoria y de los plazos establecidos para la realización y calificación de las pruebas y publicación de
sus resultados.
El número de los miembros de los Tribunales nunca será inferior a cinco, asimismo, su composición será
predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores
a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
El Tribunal del proceso selectivo estará compuesto por una Presidencia, tres Vocalías y una Secretaría,
designados por el Alcalde-Presidente o persona en quien delegue, entre personal funcionario de carrera.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, en igual número y
con los mismos requisitos. Todos los miembros del Tribunal actuarán con voz y voto, a excepción de la
Secretaría, que tendrá voz pero no voto.
Podrán ser nombrados técnicos pertenecientes a otras Administraciones, o personal cualificado en la
materia de que se trate. Todos los miembros del tribunal deberán poseer el mismo nivel o superior de
titulación que el exigido en la convocatoria.
A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un
observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito
del Ayuntamiento de Montehermoso. No podrán participar como observadores en las fases y actos del
proceso selectivo, en los que se delibere, decida y materialice el contenido de las pruebas, antes de su
realización.
El nombramiento de los miembros del tribunal se hará público de la misma manera que la lista de
aspirantes admitidos y excluidos.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, al menos, de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes indistintamente, ni sin la presencia del presidente y el secretario.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en
aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo
debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero
asesoramiento, es decir actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal.
Los asesores deberán guardar sigilo y confidencialidad acerca de los datos y asuntos sobre los que tengan
conocimiento a consecuencia de su colaboración en el Tribunal.
El Tribunal podrá designar personal colaborador para el desarrollo de las pruebas, que actuará bajo su
dirección, cuando la complejidad del proceso selectivo lo aconseje.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los
Procesos
El procedimiento de selección de los aspirantes se realizará mediante concurso-oposición para proveer
Cód.
Validación:
3SLPTWXRZ4Q6F9LP5D4W2SLP6
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4277
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 7 de agosto de 2024
N.º 0152
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