Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Madroñera. (BOP-2024-4266)
BOP-2024-4266 Bases para la contratación de Director/a, Personal laboral temporal para la Escuela Infantil Curso Escolar 2024-2025.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MADROÑERA (CÁCERES)
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
Con 0,025 puntos por cada 10 horas o su equivalencia en créditos de
formación impartida por centro privados o concertados.
No se valorará la formación en la que no coste el número de horas.
Los Títulos requeridos en la cláusula segunda, apartado e), se tendrán en cuenta única
y exclusivamente como requisito de acceso al proceso selectivo y, por tanto, no serán
susceptibles de valoración en este apartado.
SÉPTIMA.- FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS Y LISTA DE RESERVA.
Una vez finalizado el proceso de selección, la Mesa calificadora elevará propuesta de
contratación de las personas seleccionadas a la Alcaldía para que proceda a resolver la
contratación efectiva de las mismas.
Se formalizará la contratación, respetando lo dispuesto en la cláusula primera de las presentes
Bases, con los aspirantes que hayan obtenido las puntaciones más altas, como consecuencia de
sumar los resultados de las dos Fases en cada una de las categorías y se constituirá una lista de
reservas para el caso de ampliación del número de contrataciones o de posibles sustituciones
de las plazas que se convocan que pudieran quedar vacantes por cualquier causa, siguiéndose
en este caso rigurosamente el orden de puntuación obtenida por los restantes aspirantes.
Para el caso de que haya coincidencia de puntuaciones, se estipulan los siguientes criterios de
desempate que se irán aplicando de manera sucesiva hasta deshacer el empate:
1. Se tendrá en cuenta el o la candidata/o que tenga más antigüedad como demandante
de empleo, tomando como referencia el certificado de periodos ininterrumpidos del
SEXPE.
2. De persistir el empate, se realizará un sorteo con los/as candidatos/as que
anteriormente hayan quedado con igual puntuación.
OCTAVA.- INCIDENCIAS
El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presente en todo lo que no
previsto en las presentes Bases.
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos deriven de la misma podrán
ser impugnados en los casos, tiempo y forma previstos en la legislación vigente.
La Alcaldesa-Presidenta,
Documento firmado electrónicamente.
Fdo.: María José González Collado.
Cód.
Validación:
6PKTJCE3994TXNKR554WMFYWK
Verificación:
https://madronera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-4266
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 6 de agosto de 2024
N.º 0151
Pág. 17793
Plaza de Ramón y Cajal Nº 1, C.P. 10210 – Madroñera (Cáceres)
Tlfn.: 927 31 91 92 / Fax.: 927 31 91 16
Con 0,025 puntos por cada 10 horas o su equivalencia en créditos de
formación impartida por centro privados o concertados.
No se valorará la formación en la que no coste el número de horas.
Los Títulos requeridos en la cláusula segunda, apartado e), se tendrán en cuenta única
y exclusivamente como requisito de acceso al proceso selectivo y, por tanto, no serán
susceptibles de valoración en este apartado.
SÉPTIMA.- FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS Y LISTA DE RESERVA.
Una vez finalizado el proceso de selección, la Mesa calificadora elevará propuesta de
contratación de las personas seleccionadas a la Alcaldía para que proceda a resolver la
contratación efectiva de las mismas.
Se formalizará la contratación, respetando lo dispuesto en la cláusula primera de las presentes
Bases, con los aspirantes que hayan obtenido las puntaciones más altas, como consecuencia de
sumar los resultados de las dos Fases en cada una de las categorías y se constituirá una lista de
reservas para el caso de ampliación del número de contrataciones o de posibles sustituciones
de las plazas que se convocan que pudieran quedar vacantes por cualquier causa, siguiéndose
en este caso rigurosamente el orden de puntuación obtenida por los restantes aspirantes.
Para el caso de que haya coincidencia de puntuaciones, se estipulan los siguientes criterios de
desempate que se irán aplicando de manera sucesiva hasta deshacer el empate:
1. Se tendrá en cuenta el o la candidata/o que tenga más antigüedad como demandante
de empleo, tomando como referencia el certificado de periodos ininterrumpidos del
SEXPE.
2. De persistir el empate, se realizará un sorteo con los/as candidatos/as que
anteriormente hayan quedado con igual puntuación.
OCTAVA.- INCIDENCIAS
El tribunal quedará facultado para resolver las dudas que se presente en todo lo que no
previsto en las presentes Bases.
La Convocatoria, sus Bases y cuantos actos administrativos deriven de la misma podrán
ser impugnados en los casos, tiempo y forma previstos en la legislación vigente.
La Alcaldesa-Presidenta,
Documento firmado electrónicamente.
Fdo.: María José González Collado.
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Validación:
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