Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2024-4240)
BOP-2024-4240 Celebración de Matrimonio Civil.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
EDICTO. Celebración de Matrimonio Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un/a Concejal
para celebrar este matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Visto se considera conveniente y adecuado por haberlo solicitado así los/as contrayentes,
delegar en D.ª THAIS PAÑERO FERNÁNDEZ, Concejala de este Ayuntamiento, la autorización
del acto de celebración del matrimonio civil entre D.ª SANDRA GONZÁLEZ HINOJAL Y Dª.
ELENA SERRADILLA CLEMENTE el día 21 de septiembre de 2024 a las 12,30 horas.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en favor de D.ª THAIS PAÑERO FERNÁNDEZ, Concejala de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los/as contrayentes D.ª SANDRA GONZÁLEZ HINOJAL
Y D.ª ELENA SERRADILLA CLEMENTE el día 21 de septiembre de 2024 a las 12,30 horas.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que el/a Concejal/a ha actuado por
delegación de Alcalde.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres
días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.”
CVE:
BOP-2024-4240
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de agosto de 2024
N.º 0150
Pág. 17733
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
EDICTO. Celebración de Matrimonio Civil.
Habiéndose aprobado el expediente Delegación de Competencias del Alcalde en un/a Concejal
para celebrar este matrimonio civil se publica el mismo para su general conocimiento y en
cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
“Visto se considera conveniente y adecuado por haberlo solicitado así los/as contrayentes,
delegar en D.ª THAIS PAÑERO FERNÁNDEZ, Concejala de este Ayuntamiento, la autorización
del acto de celebración del matrimonio civil entre D.ª SANDRA GONZÁLEZ HINOJAL Y Dª.
ELENA SERRADILLA CLEMENTE el día 21 de septiembre de 2024 a las 12,30 horas.
Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría y de
conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995,
de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización
del matrimonio civil por los/as Alcaldes/as,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en favor de D.ª THAIS PAÑERO FERNÁNDEZ, Concejala de este
Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de
celebración del matrimonio civil entre los/as contrayentes D.ª SANDRA GONZÁLEZ HINOJAL
Y D.ª ELENA SERRADILLA CLEMENTE el día 21 de septiembre de 2024 a las 12,30 horas.
SEGUNDO. La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el
acta de autorización del matrimonio se haga constar que el/a Concejal/a ha actuado por
delegación de Alcalde.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la
aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula
ante Alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres
días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta Resolución.”
CVE:
BOP-2024-4240
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 5 de agosto de 2024
N.º 0150
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