Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Martín de Trevejo. (BOP-2024-4215)
BOP-2024-4215 Convocatoria y Bases selección funcionario/a interino/a Subalterno / Alguacil.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Las propuestas de nombramiento serán adoptadas por el órgano competente a favor del/a
aspirante según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona
aspirante a la que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrada, bien por
desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará al siguiente candidato/a que
hubiera superado el proceso de selección.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al
reconocimiento de la condición de personal funcionario de carrera.
OCTAVA. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo.
Las personas integrantes de las Bolsas de Empleo ocuparán el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que
ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
empleo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente.
Esta bolsa de empleo podrá ser utilizada para puestos de trabajo con funciones similares (tanto
de personal funcionario o laboral) con el objeto de cubrir vacantes por bajas, ausencias,… En
este caso, las retribuciones que correspondan serán las propias del puesto que se cubra y en
el momento en que concluya la situación que ha dado lugar a la sustitución la persona
contratada pasará a ocupar el último puesto de la Bolsa. El funcionamiento de la Bolsa de
Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no
discriminación.
La renuncia inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia de este, no darán lugar
a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro
de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento
dentro de la Bolsa de Empleo:
- Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, personal laboral o
funcionario/a interino/a.
- Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
CVE:
BOP-2024-4215
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
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aspirante según el orden de prelación de la relación de personas aprobadas. Si la persona
aspirante a la que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrada, bien por
desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, se convocará al siguiente candidato/a que
hubiera superado el proceso de selección.
El nombramiento derivado de este proceso de selección en ningún caso dará lugar al
reconocimiento de la condición de personal funcionario de carrera.
OCTAVA. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo.
Las personas integrantes de las Bolsas de Empleo ocuparán el puesto de la lista que le
corresponda, atendiendo a la puntuación obtenida en el proceso selectivo utilizado para su
constitución, debiendo aparecer, junto al número del puesto ocupado, la puntuación que
ostenta dentro del listado.
Todas las personas que superen el proceso de selección serán incluidas en una bolsa de
empleo para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir vacantes
temporalmente, y serán llamadas siguiendo el orden establecido en el listado correspondiente.
Esta bolsa de empleo podrá ser utilizada para puestos de trabajo con funciones similares (tanto
de personal funcionario o laboral) con el objeto de cubrir vacantes por bajas, ausencias,… En
este caso, las retribuciones que correspondan serán las propias del puesto que se cubra y en
el momento en que concluya la situación que ha dado lugar a la sustitución la persona
contratada pasará a ocupar el último puesto de la Bolsa. El funcionamiento de la Bolsa de
Empleo se ajustará a los principios de igualdad de oportunidades y principio de no
discriminación.
La renuncia inicial a un nombramiento, o la renuncia durante la vigencia de este, no darán lugar
a la exclusión de la Bolsa de Empleo, pero ocasionará un cambio de lugar del puesto, dentro
de la misma, pasando a ocupar el último puesto como integrante de la Bolsa.
Son causas que justifican la renuncia a un nombramiento y que implican el mantenimiento
dentro de la Bolsa de Empleo:
- Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal
contratado, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, personal laboral o
funcionario/a interino/a.
- Estar en situación de Suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación
CVE:
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Verificable
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