Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Belvís de Monroy. (BOP-2024-4199)
BOP-2024-4199 Bases y convocatoria en el marco del proceso de Estabilización de Empleo Temporal, una Plaza de Encargado/a de Obras Oficial Primera/Segunda.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE BELVIS DE MONROY
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
BASE DECIMOSEGUNDA. MÉRITOS DEL CONCURSO OBJETO DE VALORACIÓN
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, destacando la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava, es reducir la
temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su
estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y más en concreto en esta
Corporación, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso
excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 20,00 puntos,
consistirá en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y
puntuación que se establece a continuación:
- Experiencia profesional (máximo 12,00 puntos):
A Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 12 puntos, con un periodo
máximo de cómputo de servicios de 10 años de acuerdo con la siguiente puntuación:
- A.1. Servicios prestados en la administración del Ayuntamiento de Belvis de Monroy
como personal funcionario interino o personal laboral temporal en el Cuerpo y
Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se desea
acceder, hasta un máximo de 12 puntos, a razón de 0,1 por mes o fracción..
- A.2, Servicios prestados como personal funcionario interino o personal laboral
temporal en otros Cuerpos o Escalas adscritos a la Administración del Ayuntamiento de
Belvis de Monroy, hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,05 puntos por cada mes
completo de servicio
- A.3. Servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público como personal
laboral o funcionario interino en puesto de trabajo de igual o similar naturaleza a la del
objeto de la presente convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 0,016
puntos por cada mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa,
siempre que la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en cuenta
estos, en el caso de que la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón
de doce meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas
fechas, se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable
para la persona aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de
la Vida laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los
servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso,
conste la categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado
funciones vinculadas a la categoría profesional objeto de la convocatoria, con
expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha
mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Será imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser
valorada.
B. Otros méritos:
- B.1. Formación (máximo 8,00 puntos):
Cursos oficiales formación y perfeccionamiento (máximo 8,00 puntos): Únicamente se,
valorarán acciones formativas debidamente acreditadas que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos
por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de
Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios
Cód.
Validación:
6Y35M6ETW2F3EA3M3DKKDMG3P
Verificación:
https://belvisdemonroy.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4199
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 2 de agosto de 2024
N.º 0149
Pág. 17584
C.I.F. P-1002700-A
Teléfono 927575823-24 Fax 927575784
C/ Escuelas, s/n.
10.394 – BELVIS DE MONROY
BASE DECIMOSEGUNDA. MÉRITOS DEL CONCURSO OBJETO DE VALORACIÓN
A continuación, se establecen los méritos que van a ser objeto de baremación, destacando la
experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos de
carácter excepcional de Estabilización de Empleo Temporal de la Ley 20/2021 de 28 de
diciembre, de conformidad con las Disposiciones Adicionales Sexta y Octava, es reducir la
temporalidad de los empleados públicos con una alta antigüedad, a fin de posibilitar su
estabilización, de ahí que se considere crucial la experiencia acumulada a lo largo de toda la
trayectoria profesional en las Administraciones Públicas y más en concreto en esta
Corporación, siendo así que los méritos a valorar se centren en la citada experiencia al haber
sido ésta, la que al haberse prolongado en el tiempo, ha dado lugar a este proceso
excepcional, y todo ello en cumplimiento de la doctrina del TJUE.
La fase de concurso, en la que la puntuación máxima a obtener será de 20,00 puntos,
consistirá en la valoración de los méritos que acrediten los aspirantes, conforme al baremo y
puntuación que se establece a continuación:
- Experiencia profesional (máximo 12,00 puntos):
A Méritos profesionales, con una puntuación máxima de 12 puntos, con un periodo
máximo de cómputo de servicios de 10 años de acuerdo con la siguiente puntuación:
- A.1. Servicios prestados en la administración del Ayuntamiento de Belvis de Monroy
como personal funcionario interino o personal laboral temporal en el Cuerpo y
Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se desea
acceder, hasta un máximo de 12 puntos, a razón de 0,1 por mes o fracción..
- A.2, Servicios prestados como personal funcionario interino o personal laboral
temporal en otros Cuerpos o Escalas adscritos a la Administración del Ayuntamiento de
Belvis de Monroy, hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,05 puntos por cada mes
completo de servicio
- A.3. Servicios prestados en otras Administraciones del Sector Público como personal
laboral o funcionario interino en puesto de trabajo de igual o similar naturaleza a la del
objeto de la presente convocatoria, hasta un máximo de 2 puntos, a razón de 0,016
puntos por cada mes completo de servicio.
La prestación de servicios a tiempo parcial se computará como jornada completa,
siempre que la jornada sea igual o superior al 50% de esta, no teniéndose en cuenta
estos, en el caso de que la jornada parcial sea inferior al 50%.
Los servicios prestados que se acrediten en años se transformarán en meses, a razón
de doce meses por año y los expresados en días se transformarán en meses, a razón
de treinta días naturales por mes. Los días que, tras practicar estas operaciones,
resulten sobrantes, quedarán descartados a todos los efectos.
En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas
fechas, se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable
para la persona aspirante.
La experiencia profesional en Administraciones Públicas se acreditará con Informe de
la Vida laboral expedido por la Seguridad Social, acompañada de la certificación de los
servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, en la que, en su caso,
conste la categoría profesional o de la que se desprenda que han desempeñado
funciones vinculadas a la categoría profesional objeto de la convocatoria, con
expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación jurídica que ha
mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
Será imprescindible ambos documentos para que dicha experiencia pueda ser
valorada.
B. Otros méritos:
- B.1. Formación (máximo 8,00 puntos):
Cursos oficiales formación y perfeccionamiento (máximo 8,00 puntos): Únicamente se,
valorarán acciones formativas debidamente acreditadas que versen sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del puesto convocado, impartidos
por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas, y centros acogidos al Plan de
Formación continua de las Administraciones Públicas, Universidades o Colegios
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Viernes, 2 de agosto de 2024
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