Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdehúncar. (BOP-2024-4170)
BOP-2024-4170 Aprobación definitiva de Reglamento de Honores y Distinciones.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdehúncar
ANUNCIO. Aprobación definitiva de Reglamento de Honores y Distinciones.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de
Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Valdehúncar, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
PRIMERO. Aprobar provisionalmente el Reglamento de Honores y Distinciones, con el texto
que figura en el expediente.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el
tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el
siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual
los/as interesados/as podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen
oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento:
http:/valdehuncar.sedelectronica.es
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente,
en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a ALCALDE para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
TEXTO ÍNTEGRO DE REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE VALDEHÚNCAR (CACERES).
La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, en su Título VIII y en sus artículos 137 y
CVE:
BOP-2024-4170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de julio de 2024
N.º 0147
Pág. 17413
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Valdehúncar
ANUNCIO. Aprobación definitiva de Reglamento de Honores y Distinciones.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento de
Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Valdehúncar, cuyo texto íntegro se hace público,
para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
PRIMERO. Aprobar provisionalmente el Reglamento de Honores y Distinciones, con el texto
que figura en el expediente.
SEGUNDO. Exponer al público el anterior Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el
tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el
siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual
los/as interesados/as podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen
oportunas.
Asimismo, estará a disposición de los/as interesados/as en la sede electrónica de este
Ayuntamiento:
http:/valdehuncar.sedelectronica.es
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente,
en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
CUARTO. Facultar a ALCALDE para suscribir los documentos relacionados con este asunto.
TEXTO ÍNTEGRO DE REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE VALDEHÚNCAR (CACERES).
La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, en su Título VIII y en sus artículos 137 y
CVE:
BOP-2024-4170
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 31 de julio de 2024
N.º 0147
Pág. 17413