Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral Sierra de San Pedro. (BOP-2024-4110)
BOP-2024-4110 Bases y convocatoria en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal, una plaza de Arquitecto/a Técnico/a de la oficina técnica de urbanismo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Administración Pública, así como aquellos incluidos en el Acuerdo para la Formación
Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:
- 0,15 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas o que no
especifique el número de horas.
- 0,50 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades formativas,
cursos, seminarios, Congresos Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la
presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del programa oficial
del curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará, una única edición del
curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a
su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte: Curso Básico
y Curso Avanzado), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del
documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las funciones a
desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma. Si la duración se
reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por cada día
que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por
cada crédito.
b.2 Titulación académica o de formación especializada: Se valorará con 5 puntos la
titulación académica de nivel igual o superior y distinta a la requerida para el acceso al
Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se desea
acceder y/o aquella formación especializada (master universitario y/o curso de experto)
sobre materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la
convocatoria.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica, en los mismos términos
establecidos en cuanto a la titulación exigida que establecen los apartados 2 y 3 de la
cláusula novena de las presentes bases.
2. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida fase de
concurso, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de las
personas aspirantes.
3. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden:
1. Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden en que éstos aparecen.
2. Mayor puntuación en los subapartados de méritos, por el orden en que éstos
aparecen.
3. Comenzar el primer apellido por la letra “ “ de conformidad con el resultado del
sorteo.
12
MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
Cód.
Validación:
599F6G4HSNQMLTXE24T3SXSQJ
Verificación:
https://mancomunidadsierrasanpedro.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-4110
Verificable
en:
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Lunes, 29 de julio de 2024
N.º 0145
Pág. 17167
Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:
- 0,15 puntos por cada actividad formativa realizada de menos de 10 horas o que no
especifique el número de horas.
- 0,50 puntos por cada crédito de cada una de las demás actividades formativas,
cursos, seminarios, Congresos Se establece una equivalencia de 1 crédito con 10
horas.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará mediante la
presentación del certificado o diploma de asistencia con el contenido del programa oficial
del curso con indicación del número de horas lectivas. Se valorará, una única edición del
curso o acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a
su contenido.
Cuando se trate de formación en orden secuencial (Primera y Segunda Parte: Curso Básico
y Curso Avanzado), se sumará la carga lectiva total a efectos de su valoración. Cuando del
documento aportado se deduzca que sólo en parte guarda relación con las funciones a
desempeñar, únicamente será tomada en consideración la que corresponda siempre, y
exclusivamente, que se indique la carga lectiva en horas de la misma. Si la duración se
reflejara en días, sin especificación de horas, se computará a razón de 5 horas por cada día
que se acredite.
Cuando la acción formativa se especifique en créditos, la equivalencia será de 10 horas por
cada crédito.
b.2 Titulación académica o de formación especializada: Se valorará con 5 puntos la
titulación académica de nivel igual o superior y distinta a la requerida para el acceso al
Cuerpo y Especialidad, Escala y Especialidad o Categoría y Especialidad a la que se desea
acceder y/o aquella formación especializada (master universitario y/o curso de experto)
sobre materias directamente relacionadas con la categoría profesional objeto de la
convocatoria.
La acreditación de los méritos establecidos en este apartado se realizará por los aspirantes
mediante la presentación de documento original o copia auténtica, en los mismos términos
establecidos en cuanto a la titulación exigida que establecen los apartados 2 y 3 de la
cláusula novena de las presentes bases.
2. La puntuación definitiva del proceso vendrá determinada por la suma de la obtenida fase de
concurso, en su caso, determinando el resultado el orden de clasificación definitiva de las
personas aspirantes.
3. De producirse empate en dicha clasificación final, éste se dirimirá por el siguiente orden:
1. Mayor puntuación en los apartados de méritos por el orden en que éstos aparecen.
2. Mayor puntuación en los subapartados de méritos, por el orden en que éstos
aparecen.
3. Comenzar el primer apellido por la letra “ “ de conformidad con el resultado del
sorteo.
12
MANCOMUNIDAD INTEGRAL“SIERRA DE SAN PEDRO”
C/ Pizarro, 16 - Valencia de Alcántara 10500 (Cáceres)
Web: www.mancomunidadsierrasanpedro.es
Tfno: 927 66 81 47 Fax: 927 58 24 84 Email: info@mancomunidadsierrasanpedro.com
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Lunes, 29 de julio de 2024
N.º 0145
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