Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Municipios Campo Arañuelo. (BOP-2024-4016)
BOP-2024-4016 Convocatoria de pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión temporal del Servicio de Dinamización Deportiva de la Mancomunidad Integral de Municipios del Campo Arañuelo.
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9.1. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad
jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá calificar los ejercicios de
las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los baremos de puntuación
establecidos en esta convocatoria.
9.2. La valoración de los méritos en la fase de Concurso de acuerdo a la Base anterior (máximo
10 puntos).
DÉCIMA. Relación de Aprobados, Acreditación de Requisitos Exigidos y Nombramiento
Una vez terminada la baremación y consideradas las reclamaciones presentadas en el plazo de
tres días hábiles, el Tribunal hará pública la relación de aspirantes por orden de puntuación en
la sede electrónica de esta Mancomunidad http://campoaranuelo.sedelectronica.es y en el
Tablón de Anuncios, para mayor difusión. Los aspirantes propuestos acreditarán ante la
Administración, dentro del plazo de tres días hábiles desde que se publican en la sede
electrónica de esta Mancomunidad http://campoaranuelo.sedelectronica.es y en el Tablón de
Anuncios, para mayor difusión, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria (Anexo II).
Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la
responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Se procederá a la formalización del correspondiente contrato de trabajo y la incorporación al
puesto de trabajo dentro del plazo que se establezca. Podrá establecerse la superación del
período de prueba que corresponda de acuerdo con la normativa laboral, con lo que se culmina
el proceso y el trabajador adquirirá la condición de empleado público. Formalizado el contrato
se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días
siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los
trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.
ÚNDECIMA. Constitución y funcionamiento de bolsa de empleo
Se constituirá la Bolsa de Trabajo formada por los/as aspirantes, ordenados según la puntuación
obtenida. El procedimiento de constitución se llevará a cabo conforme a lo establecido en el
Título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre.
La bolsa debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la sede
electrónica de la Mancomunidad. La bolsa de empleo tendrá una vigencia de cuatro años.
DUODÉCIMA. Incompatibilidades
Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones
contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
DÉCIMOTERCERA. Incidencias
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa,
Cód.
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Miércoles, 24 de julio de 2024
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