Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3992)
BOP-2024-3992 Bases de la convocatoria de 1 Plaza de Ingeniero/a en Telecomunicaciones, turno promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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SECRETARÍA
Asuntos Generales
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que
ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
Por servicios prestados en las Administraciones Públicas, en calidad de funcionario
de carrera o interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo,
escala y subescala o categoría profesional desde la que se opta a la promoción
interna: Se asignará una puntuación de 0,020 por mes hasta un máximo de 2,40.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración
Provincial.
Los méritos de experiencia en otras Administraciones Públicas, se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera
prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que
se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, las permanencias en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a
los efectos de este baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En el caso de que este hecho suceda, se
valorarán los servicios que más beneficien a los/as interesados/as.
C. Formación: Máximo 1,2 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por una Administración Pública (art. 2.1. letras a) b) y c) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre de la LPACAP), por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
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documento
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Copia
Auténtica
según
el
artículo
27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
URL
de
verificación:
Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
22/07/2024
14:04
13/25
DIR3
Órgano:
Sello
de
tiempo:
Página:
CVE:
BOP-2024-3992
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 24 de julio de 2024
N.º 0142
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Asuntos Generales
de Ministros publicada en el Boletín Oficial del Estado e inscrita en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos (RUCT). Se acreditarán mediante su certificado de
correspondencia. O bien en el Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación
Profesional (SNCFP), o en el Registro de Títulos no Universitarios del Ministerio que
ostente las competencias en educación, según corresponda a las plazas convocadas.
B. Experiencia: Máximo: 2,4 puntos.
Por servicios prestados en las Administraciones Públicas, en calidad de funcionario
de carrera o interino, o contratado laboral fijo, indefinido o temporal, en el cuerpo,
escala y subescala o categoría profesional desde la que se opta a la promoción
interna: Se asignará una puntuación de 0,020 por mes hasta un máximo de 2,40.
Se entenderá por Administración Pública lo dispuesto en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
En cuanto a la acreditación de estos servicios, los prestados en la Diputación Provincial de
Cáceres y sus Organismos Autónomos se certificarán de oficio por esta Administración
Provincial.
Los méritos de experiencia en otras Administraciones Públicas, se acreditarán mediante
certificación expedida por el responsable de la unidad administrativa en la que hubiera
prestado sus servicios, en la cual deberá constar la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
Junto con la documentación, deberá presentarse un Informe de vida laboral emitido por la
Tesorería General de la Seguridad Social.
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en cada
apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera que lo que
se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de jornada
por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios prestados en
régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
Los períodos de permiso sin sueldo, así como, las permanencias en situación de servicios
especiales se valorarán como tiempo de servicios efectivamente prestados en la categoría a
los efectos de este baremo.
No se podrán valorar servicios simultáneos. En el caso de que este hecho suceda, se
valorarán los servicios que más beneficien a los/as interesados/as.
C. Formación: Máximo 1,2 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos, cuyo contenido, a juicio del
Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones propias del cuerpo, escala y
subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan sido convocados, impartidos u
homologados por una Administración Pública (art. 2.1. letras a) b) y c) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre de la LPACAP), por el Instituto Nacional de Administración Pública, por
https://sede.dip-caceres.es/carpetaCiudadano/Enlaces.do?id=validacion&cveValidacion=DIPCC-PF2UAT0U8A40BCGV1I0BS1WPYHM1CY0F
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27
de
la
Ley
39/2015,
de
1
de
Octubre
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Código
Seguro
de
Verificación:
JOSE
ALVARO
CASAS
AVILES
Firmantes:
L02000010
22/07/2024
14:04
13/25
DIR3
Órgano:
Sello
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Verificable
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Miércoles, 24 de julio de 2024
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