Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2024-3974)
BOP-2024-3974 Convenio de Colaboración con la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social para la Implantación del Tribunal Único en los procesos de selección de Plazas de Policía Local.
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relativas a la convocatoria y desarrollo de los procesos selectivos para el acceso a la categoría
o categorías de policía local que se determinen en el propio convenio”.
De conformidad con la regulación de la Disposición Adicional Primera de la Ley 1/2024, de 5 de
febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año
2024, así como de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre Tasas y Precios Públicos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, el artículo 40.2 del Decreto 64/2022, de 8 de junio, por
el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, posibilita que la Administración
Pública de Extremadura recaude las tasas de los procesos selectivos convocados por ésta
para el acceso al empleo público de la Administración Local en materia de Policía Local.
Cuarto. La Federación Extremeña de Municipios y Provincias (FEMPEX), creada al amparo de
lo dispuesto en el artículo 54.4 de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del
Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura (BOE núm. 25, de 29 de
enero de 2011), en virtud del artículo 1 de sus Estatutos, tiene personalidad jurídica propia y
plena capacidad de obrar, constituyéndose para representar a los municipios asociados ante la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, encontrándose entre sus
finalidades, la representación de los intereses de los Entes Locales ante las instancias políticas
y administrativas de su ámbito territorial en orden a la consecución de los objetivos políticos y
sociales que les competen, procurar el mejor funcionamiento de los Servicios Públicos, así
como prestar servicios y gestiones de asuntos comunes.
La Disposición adicional tercera de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía
municipal de Extremadura, establece que la Federación Extremeña de Municipios y Provincias
podrá celebrar, de conformidad con lo estipulado en el artículo 59.5 del Estatuto de Autonomía
de Extremadura, convenios con las distintas administraciones públicas para el cumplimiento de
sus fines.
Fruto de ese poder de representación, se firmó el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE
LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL POBLACIÓN Y TERRITORIO,
Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA POR EL QUE SE
IMPLEMENTA LA FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE
EXTREMADURA.
En los Anexos I y II de dicho convenio figuran, respectivamente, por un lado el modelo de
convenio a suscribir con cada Ayuntamiento o grupos de Ayuntamientos para articular la
delegación de competencias de éstos en la Junta de Extremadura, a través de la Consejería
CVE:
BOP-2024-3974
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Martes, 23 de julio de 2024
N.º 0141
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