Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3931)
BOP-2024-3931 EXTRACTO. Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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correspondiente.
m) Tener en cuenta, en los procesos de contratación correspondientes, lo siguiente:
a) 1º La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
b) 2º Los/as beneficiarios/as deberán disponer, para su posible verificación, de
toda la documentación del procedimiento de contratación, especialmente, de los
criterios de valoración, la justificación de la selección de la oferta
económicamente más ventajosa y las comunicaciones con los/as ofertantes.
n) Comunicar cualquier eventualidad en el desarrollo de la actividad subvencionada, en
el momento en que aquella se produzca, con el fin de obtener en su caso, la
correspondiente autorización sobre el cambio que resulte necesario realizar en los datos
facilitados por la entidad.
o) La entidad beneficiaria, deberá justificar ante el órgano concedente el cumplimiento
de los requisitos y condiciones, así como la realización completa de la obra y el
cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión de la subvención.
p) Posibilitar toda capacidad de control e inspección de las actuaciones realizadas por
parte de la Diputación de Cáceres, tal y como se recoge en el Título III de la Ley
38/2003, General de Subvenciones, y con especial mención de lo recogido en el artículo
46 sobre obligación de colaboración.
q) Las entidades beneficiarias de la ayuda estarán obligadas a difundir que las
actuaciones han sido subvencionadas por la Diputación Provincial de Cáceres y hacer
constar la colaboración. A tal efecto, deberá instalar en un lugar visible y transitado del
casco urbano el cartel informativo de la actuación subvencionada, el cual deberá
permanecer visible durante tres años inmediatamente posteriores a la finalización de
dicha obra. El modelo se pondrá a disposición de los beneficiarios en la sede electrónica
de la Diputación Provincial de Cáceres.
r) Acreditar ante el Diputación Provincial la realización de la actuación subvencionable
en los términos expuestos en estas bases, facilitando además las comprobaciones
encaminadas a garantizar la correcta ejecución de la actuación, aportando al efecto
cuanta documentación le fuera requerida. Con estos fines, la Diputación Provincial podrá
realizar un procedimiento de control que permita verificar y validar documentalmente
CVE:
BOP-2024-3931
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
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