Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3931)
BOP-2024-3931 EXTRACTO. Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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- Aportación municipal: cantidad que reste de descontar al coste total de la
inversión la cantidad de 68.000.-€ (Iva incluido) correspondiente a la
aportación provincial.
2) Proyecto de Inversión con un presupuesto total igual o inferior a 80.000.-€ (IVA
incluido):
- Subvención provincial: 85% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
- Aportación municipal: 15% del presupuesto total del proyecto de
inversión.
j) Con carácter previo a la licitación y ejecución el proyecto de obra para la ejecución de
la instalación solar fotovoltaica objeto de subvención, deberá contar con el informe de
verificación técnica favorable emitido por la Sección de Industria de esta Diputación. En
el supuesto de que sea necesario modificar el proyecto por no ajustarse a las exigencias
técnicas previstas en la normativa reguladora y de ello, se derivase la adaptación de
medidas que suponga un incremento del valor estimado de la obra, derivadas de
afecciones técnicas, normativas, errores del proyecto, necesidad de ejecución civil o de
otra índole, los incrementos serán asumidos por el Ayuntamiento beneficiario de la
ayuda, no pudiendo verse incrementada la ayuda concedida por esta Diputación
Provincial de Cáceres.
k) La solicitud de participación en esta convocatoria supone el compromiso del
Ayuntamiento beneficiario de realizar la aportación dineraria que exceda de la cuantía
máxima individualizada concedida por elaboración de proyecto técnico, dirección
facultativa y coordinación de seguridad y salud de la actuación a realizar.
l) Compromiso de habilitar los créditos necesarios para la ejecución de la obra objeto de
la presente subvención, debiéndose acreditar el inicio de la fase de licitación en el plazo
máximo de un mes a contar desde el siguiente a la notificación por el Servicio de Medio
Ambiente y Transición Ecológica del informe de verificación técnica del proyecto de obra
emitido por la Sección de Industria. El proyecto de la instalación solar fotovoltaica a
licitar por el Ayuntamiento beneficiario deberá estar debidamente diligenciado con el
informe de verificación técnica favorable. No obstante, en el caso de que sea necesario
habilitar crédito para ejecutar el proyecto de obra de conformidad con el informe de
verificación técnico emitido, el inicio de la fase de licitación se realizará en el plazo
máximo de tres meses, a fin de tramitar el expediente de modificación crédito
CVE:
BOP-2024-3931
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
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