Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3930)
BOP-2024-3930 Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Las ayudas previstas en este programa son incompatibles con cualesquiera otras que, para
la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o en-
tes, públicos o privados, nacionales o internacionales.
15.2.- SUBCONTRATACIÓN
Se podrá subcontratar con terceros hasta el 100 % de la actividad subvencionada, en con-
formidad con lo dispuesto en el art. 34 de la Ordenanza General de Subvenciones (OGS), el
artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el artículo 68 de su reglamento de
desarrollo. En caso de subcontratar parte o toda la actividad subvencionada, el beneficiario
habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el resto de
condiciones establecidas en las bases y en la normativa general de subvenciones.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante la entidad beneficiaria, que asumirá la
total responsabilidad de la ejecución de la actuación subvencionada frente a la Administra-
ción.
BASE DECIMOSEXTA. NORMATIVA DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN. JURISDICCIÓN.
16.1.- NORMATIVA DE APLICACIÓN
En lo no previsto expresamente en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la LGS;
el RLGS; la OGS; las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres; Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común; Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de
Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS); la Ley Orgánica
3/2018 de 5 de Diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digi-
tales; el RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabi-
lidad en el ámbito de la Administración Electrónica; RD 244/2019, de 5 de abril, por el que se
regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía
eléctrica; la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los
CVE:
BOP-2024-3930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
Pág. 16454
Generales del Estado establezca otro diferente.
BASE DECIMOQUINTA. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. SUBCONTRATACIÓN.
15.1.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Las ayudas previstas en este programa son incompatibles con cualesquiera otras que, para
la misma finalidad, reciba la entidad beneficiaria procedente de otras Administraciones o en-
tes, públicos o privados, nacionales o internacionales.
15.2.- SUBCONTRATACIÓN
Se podrá subcontratar con terceros hasta el 100 % de la actividad subvencionada, en con-
formidad con lo dispuesto en el art. 34 de la Ordenanza General de Subvenciones (OGS), el
artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el artículo 68 de su reglamento de
desarrollo. En caso de subcontratar parte o toda la actividad subvencionada, el beneficiario
habrá de prever mecanismos para asegurar que los subcontratistas cumplan con el resto de
condiciones establecidas en las bases y en la normativa general de subvenciones.
Los subcontratistas quedarán obligados solo ante la entidad beneficiaria, que asumirá la
total responsabilidad de la ejecución de la actuación subvencionada frente a la Administra-
ción.
BASE DECIMOSEXTA. NORMATIVA DE APLICACIÓN. INTERPRETACIÓN. JURISDICCIÓN.
16.1.- NORMATIVA DE APLICACIÓN
En lo no previsto expresamente en las presentes Bases se estará a lo dispuesto en la LGS;
el RLGS; la OGS; las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres; Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común; Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de
Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS); la Ley Orgánica
3/2018 de 5 de Diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digi-
tales; el RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabi-
lidad en el ámbito de la Administración Electrónica; RD 244/2019, de 5 de abril, por el que se
regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía
eléctrica; la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los
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BOP-2024-3930
Verificable
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Lunes, 22 de julio de 2024
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