Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3930)
BOP-2024-3930 Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas públicas
concedidas, que se entenderá en todo caso positiva si no formulase renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad, de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad
y de acuerdo con los siguientes criterios y su gradación, con un máximo de 150 puntos para
las solicitudes que concurran a la convocatoria.
7.2. FASE DE VALORACIÓN.
Para la valoración de las solicitudes presentadas se utilizarán los criterios de valoración que
se indican a continuación siguiendo el orden establecido, siendo la puntuación máxima a al-
canzar por cada proyecto de 150 puntos, conforme a la siguiente ponderación:
Criterios de valoración de solicitudes (baremación):
Criterio de valoración Puntuación
máxima
1.Población Municipal, según datos del último censo del padrón
municipal publicado por el INE.
30
2. Nº de socios o miembros anexados al proyecto. 20
3. Proyecto técnico de la instalación solar fotovoltaica
3.1 Tipología de instalación en función de la potencia instalada: Máximo
50 puntos.
3.2 Proyectos de instalaciones fotovoltaicas no sujetos afecciones, ni su-
jetos a ninguna evaluación ambiental y/o patrimonial: 30 puntos.
3.3 Tipología de instalación fotovoltaica en función orientación solar: Má-
ximo 20 puntos.
100
Total 150
La evaluación de cada uno de estos criterios se realizará en base al cumplimiento de los
siguientes requisitos para ser puntuables y mediante las siguientes indicaciones:
CVE:
BOP-2024-3930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
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concedidas, que se entenderá en todo caso positiva si no formulase renuncia expresa.
La asignación de subvenciones se realizará sobre la base de los principios de transparencia,
objetividad y proporcionalidad, de conformidad con el proyecto presentado por cada entidad
y de acuerdo con los siguientes criterios y su gradación, con un máximo de 150 puntos para
las solicitudes que concurran a la convocatoria.
7.2. FASE DE VALORACIÓN.
Para la valoración de las solicitudes presentadas se utilizarán los criterios de valoración que
se indican a continuación siguiendo el orden establecido, siendo la puntuación máxima a al-
canzar por cada proyecto de 150 puntos, conforme a la siguiente ponderación:
Criterios de valoración de solicitudes (baremación):
Criterio de valoración Puntuación
máxima
1.Población Municipal, según datos del último censo del padrón
municipal publicado por el INE.
30
2. Nº de socios o miembros anexados al proyecto. 20
3. Proyecto técnico de la instalación solar fotovoltaica
3.1 Tipología de instalación en función de la potencia instalada: Máximo
50 puntos.
3.2 Proyectos de instalaciones fotovoltaicas no sujetos afecciones, ni su-
jetos a ninguna evaluación ambiental y/o patrimonial: 30 puntos.
3.3 Tipología de instalación fotovoltaica en función orientación solar: Má-
ximo 20 puntos.
100
Total 150
La evaluación de cada uno de estos criterios se realizará en base al cumplimiento de los
siguientes requisitos para ser puntuables y mediante las siguientes indicaciones:
CVE:
BOP-2024-3930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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