Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-3930)
BOP-2024-3930 Bases y Convocatoria de Subvenciones para el fomento y constitución de comunidades energéticas locales participadas por municipios de la provincia de Cáceres con una población de hasta 5.000 habitantes (CEL-2024).
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BASE QUINTA. SISTEMA DE TRAMITACIÓN. IDENTIFICACIÓN Y ACCESO A LA SEDE.
5.1.- SISTEMA DE TRAMITACIÓN
La presente Convocatoria se tramitará telemáticamente a través de la sede electrónica de
la Diputación Provincial de Cáceres.
La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es:
https://sede.dip-caceres.es
La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento, inclu-
yendo, en su caso, la fase de reintegro, no siendo admitido ninguna solicitud o documento
entregado por otra vía.
La Diputación Provincial de Cáceres, asimismo, realizará todos sus trámites telemática-
mente, a través de la sede electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas
tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas
las partes.
Las solicitudes, comunicaciones, y demás documentación exigible serán presentadas en la
sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres firmadas electrónicamente, donde se
formalizara la entrega de las mismas en el registro electrónico creado y regulado por el Regla-
mento del Registro General de Entrada y Salida de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres,
publicado en el B.O.P. número 74, de 21 de abril del 2010, modificado por Acuerdo de Pleno
de 27 de junio de 2013 y cuya modificación fue publicada en el BOP nº 163 de 23 de agosto.
Los formularios, las declaraciones responsables y los demás documentos electrónicos a
cumplimentar en las diferentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada
sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades reali-
zadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por
fotografía, vídeos u otros soportes digitales, o fuera requerido así por el órgano gestor, su
aportación en la fase de justificación se hará a través de la puesta a disposición de dicho ma-
terial en una dirección url que permita el acceso de la Diputación Provincial a dicho material,
acceso que deberá estar garantizado desde el momento de la presentación de la justificación
hasta la aprobación de la cuenta justificativa que será notificada a la entidad beneficiaria.
CVE:
BOP-2024-3930
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 22 de julio de 2024
N.º 0140
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