Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3866)
BOP-2024-3866 Bases que rigen la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de D.U.E./ ATS.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante
la Alcaldía.
SÉXTO. DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO. CONCURSO DE MERITOS.
El procedimiento de selección de los aspirantes será concurso de méritos.
FASE DE CONCURSO. PUNTUACION MAXIMA 30.
Su valoración se realizará en relación a los méritos aportados por los aspirantes junto a la
presentación de instancia. De conformidad a la puntuación que se indica en este apartado.
a) Experiencia Profesional - PUNTUACION MAXIMA 20.
Por acreditar experiencia de trabajo en puesto igual al que se opta, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes trabajado.
Por acreditar experiencia de trabajo en puesto igual al que se opta en la empresa
privada, clínicas, fundaciones, organizaciones y similares: 0,05 puntos por mes
trabajado.
La puntuación anterior se otorgará dependiendo de la jornada realizada, referida siempre al
período que consta en la vida laboral (columna DIAS).
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se despreciarán los períodos inferiores al mes, una vez sumandos todos los días de la vida
laboral del candidato.
b) Acreditación de la experiencia.
Mediante fotocopia de contrato de trabajo, certificado oficial de empresa o nombramiento de la
Administración Pública. Se admitirá también cualquier otro documento público suficientemente
acreditativo de los servicios prestados. En los mismos se deberá reflejar la categoría
profesional, el puesto ocupado o descripción de la actividad realizada que pueda inducir a la
Comisión que los servicios han sido prestados en puesto igual al convocado.
La Comisión podrá no considerar aquellos documentos que no estén suficientemente claros o
induzcan a error.
CVE:
BOP-2024-3866
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de julio de 2024
N.º 0135
Pág. 16146
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caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las irregularidades.
Contra las resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan
continuar el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso de alzada ante
la Alcaldía.
SÉXTO. DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO. CONCURSO DE MERITOS.
El procedimiento de selección de los aspirantes será concurso de méritos.
FASE DE CONCURSO. PUNTUACION MAXIMA 30.
Su valoración se realizará en relación a los méritos aportados por los aspirantes junto a la
presentación de instancia. De conformidad a la puntuación que se indica en este apartado.
a) Experiencia Profesional - PUNTUACION MAXIMA 20.
Por acreditar experiencia de trabajo en puesto igual al que se opta, en cualquier
Administración Pública: 0,15 puntos por mes trabajado.
Por acreditar experiencia de trabajo en puesto igual al que se opta en la empresa
privada, clínicas, fundaciones, organizaciones y similares: 0,05 puntos por mes
trabajado.
La puntuación anterior se otorgará dependiendo de la jornada realizada, referida siempre al
período que consta en la vida laboral (columna DIAS).
Los servicios prestados a tiempo parcial serán valorados con la consiguiente reducción.
Se despreciarán los períodos inferiores al mes, una vez sumandos todos los días de la vida
laboral del candidato.
b) Acreditación de la experiencia.
Mediante fotocopia de contrato de trabajo, certificado oficial de empresa o nombramiento de la
Administración Pública. Se admitirá también cualquier otro documento público suficientemente
acreditativo de los servicios prestados. En los mismos se deberá reflejar la categoría
profesional, el puesto ocupado o descripción de la actividad realizada que pueda inducir a la
Comisión que los servicios han sido prestados en puesto igual al convocado.
La Comisión podrá no considerar aquellos documentos que no estén suficientemente claros o
induzcan a error.
CVE:
BOP-2024-3866
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de julio de 2024
N.º 0135
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