Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Plasencia. (BOP-2024-3866)
BOP-2024-3866 Bases que rigen la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de D.U.E./ ATS.
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laborales, incompatibilidades y otros extremos. El Excmo. Ayuntamiento de Plasencia, como
responsable del fichero mencionado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de
protección de datos de carácter personal, y así, de acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, los aspirantes en el presente procedimiento de selección quedan informados y
prestan su consentimiento para el tratamiento de los datos de carácter personal facilitados.
El opositor podrá ejercitar respecto a sus datos de carácter personal los derechos de acceso,
rectificación, cancelación y oposición previstos en la Ley Orgánica citada, mediante escrito
dirigido al Ayuntamiento de Plasencia, Negociado de Personal, C/ Rey, PLASENCIA. 10600.
Asimismo, a efectos de gestión del proceso de selección para el que los aspirantes han
autorizado la utilización de sus datos, estos podrán ser comunicados a terceros, con la única
finalidad del desarrollo del proceso selectivo correspondiente.
DÉCIMO PRIMERO. IGUALDAD DE GÉNERO.
En cumplimiento del principio de igualdad entre hombres y mujeres, en la redacción de las
presentes bases se ha utilizado el género gramatical masculino con el fin de designar a todos
los individuos, sin distinción de sexos.
DÉCIMO SEGUNDO. INCIDENCIAS.
La Comisión queda facultada para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las
soluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en todos
aquellos aspectos no previstos en estas bases, siendo en todo caso aplicable la normativa
relacionada en la base primera de la presente convocatoria, así como las demás normas
concordantes de general aplicación.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de
las mismas y de la actuación del Tribunal se podrán formular impugnaciones por los
interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por
los interesados Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al
contencioso-administrativo que lo será en el de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres (Artículo 46 de la
CVE:
BOP-2024-3866
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 16 de julio de 2024
N.º 0135
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