Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Losar de la Vera. (BOP-2024-3806)
BOP-2024-3806 Aprobación inicial del Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Losar - Transporte Vital."
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fines informativos, se plasma por escrito para general conocimiento y constancia de su
existencia a la hora de proceder durante el plazo de duración del mismo.
Artículo 3. Condiciones del alumno/a - trabajador/a.
Define la condición de alumno/a / trabajador/a del programa C.R.A. de formación en alternancia
con el empleo “Losar - Transporte Vital” el mantener con la entidad promotora Excmo. Ayto.
Losar de la Vera” una relación regulada formalmente, por un contrato de formación en
alternancia, porque son considerados/as trabajadores/as, sin perder la condición de
alumnos/as, en ningún caso.
La duración del contrato es de seis meses. Durante la vigencia del contrato de formación los/as
alumnos/as trabajadores/as tendrán derecho a la percepción de un salario equivalente al 75%
el S.M.I. vigente incluida la parte proporcional a una paga extraordinaria.
Artículo 4. Condiciones del personal docente.
El personal docente mantiene con la entidad promotora una relación regulada formalmente por
un contrato de obra o servicio, por lo que son considerados/as trabajadores/as. En cuanto a la
duración del contrato es de seis meses más 14 días, 7 días antes de incorporación de alumnos
y 7 días después de acabar los/as alumnos/as.
Artículo 5. Horario de trabajo.
La jornada laboral se establece en 37,5 horas semanales, que se distribuirán de lunes a
viernes. No obstante, se podrán llevar a cabo unidades de obra/servicio en fines de semana. Si
se diera esa circunstancia se compensarán las horas trabajadas con días de descanso.
Se considera jornada laboral tanto las horas dedicadas a la formación teórico-práctica, como
las dedicadas a trabajos reales.
El horario de trabajo de este programa de formación en alternancia con el empleo “Losar,
Transporte Sanitario” comienza a las 7:45 horas y finaliza a las 15:15 horas.
A las 7:45 horas, los/as alumnos/as / trabajadores/as y equipo formativo deben estar en las
aulas, o lugar indicado por la Dirección o el/a Monitor/a.
A la hora que mejor se adapte a las necesidades y eficacia del módulo, se establecerá a criterio
de la dirección, un descanso de treinta minutos pasados los cuales todo el personal se
incorporará a las tareas que su monitor/a les indique.
CVE:
BOP-2024-3806
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 12 de julio de 2024
N.º 0133
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