Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-3727)
BOP-2024-3727 Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio Residencia de Mayores, Pisos Tutelados y Centro de Día.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Calzadilla
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por
prestación del servicio Residencia de Mayores, Pisos Tutelados y Centro de Día.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de
la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio Residencia de Mayores,
Pisos Tutelados y Centro de Día cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra el presente Acuerdo se interpondrá
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RESIDENCIA DE MAYORES (MIXTA), CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS DEPENDIENTES
Y SERVICIO DE COMEDOR
Artículo 1. Fundamento y Régimen Jurídico.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
y de conformidad con la previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, establece la tasa por la prestación del Servicio de Residencia de Mayores (Mixta),
Centro de Día para personas dependientes y Servicio de Comedor, que se regulará por la
presente Ordenanza.
Artículo 2. Hecho Imponible.
El hecho imponible está constituido por la utilización del Servicio de Residencia de Mayores
(mixta), Centro de Día, y Servicio de Comedor, todos ellos propiedad del Ayuntamiento de
Calzadilla.
CVE:
BOP-2024-3727
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 9 de julio de 2024
N.º 0130
Pág. 15664
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Calzadilla
ANUNCIO. Modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por
prestación del servicio Residencia de Mayores, Pisos Tutelados y Centro de Día.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda
automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de
la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio Residencia de Mayores,
Pisos Tutelados y Centro de Día cuyo texto íntegro se hace público, para su general
conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra el presente Acuerdo se interpondrá
recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente
a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
RESIDENCIA DE MAYORES (MIXTA), CENTRO DE DÍA PARA PERSONAS DEPENDIENTES
Y SERVICIO DE COMEDOR
Artículo 1. Fundamento y Régimen Jurídico.
Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
y de conformidad con la previsto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, establece la tasa por la prestación del Servicio de Residencia de Mayores (Mixta),
Centro de Día para personas dependientes y Servicio de Comedor, que se regulará por la
presente Ordenanza.
Artículo 2. Hecho Imponible.
El hecho imponible está constituido por la utilización del Servicio de Residencia de Mayores
(mixta), Centro de Día, y Servicio de Comedor, todos ellos propiedad del Ayuntamiento de
Calzadilla.
CVE:
BOP-2024-3727
Verificable
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Martes, 9 de julio de 2024
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