Sección I - Administración Local. Entidades Locales Menores. Ayuntamiento de Navatrasierra (E.L.M.). (BOP-2024-3653)
BOP-2024-3653 Aprobación definitiva de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Cementerio Municipal.
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legislación sanitaria al respecto.
Transcurridos diez años desde la primera utilización de un nicho, a petición de los interesados,
podrá volver a ocuparse previo pago de la cantidad de 200,00 €. De esta condición podrán
beneficiarse únicamente aquellas personas que tengan primer grado de parentesco con el/la
difunto/a primer ocupante del nicho. Todas las obras y los gastos que se originen con motivo de
la reutilización del nicho correrán a cuenta de los/as interesados/as.
En todo lo que respecta a la calificación de infracciones tributarias y sus sanciones, se estará a
lo dispuesto en el art. 77 y siguientes de la Ley General Tributaria.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de
la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
APROBACIÓN.
La modificación de la presente Ordenanza que consta de siete artículos y una disposición final,
fue aprobada por la Junta Vecinal en sesión celebrada el día catorce de julio de dos mil. Fue
objeto de segunda modificación en sesión ordinaria celebrada el día veintinueve de febrero de
dos mil ocho. Fue objeto de nueva modificación en las tarifas en sesión ordinaria celebrada el
veintisiete de enero de dos mil doce. Fue objeto de nueva modificación en sesión ordinaria
celebrada el tres de octubre de dos mil dieciocho. Fue objeto de nueva modificación en sesión
ordinaria celebrada el once de abril de dos mil veinticuatro.
Navatrasierra (E.L.M.), 28 de junio de 2024
Feliciano Díaz Fernández
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-3653
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de julio de 2024
N.º 0127
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