Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-3642)
BOP-2024-3642 Aprobación definitiva Bases Reguladoras que regirán las Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para Contingencias 2024.
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acreditativo de su necesidad, así como factura o presupuesto acreditativo del
concepto e importe.
 En caso de alojamiento para recibir tratamiento, deberá aportarse factura o
presupuesto acreditativo de periodo e importe del alojamiento.
 En caso de solicitar la ayuda para gastos destinados a atender una carencia crítica,
documentación fehaciente acreditativa de los gastos o de la necesidad de su
realización.
 En caso de gastos de endeudamiento previo, factura/s o recibos acreditativos del
mismo, emitidos por la persona física o jurídica, entidad o administración acreedora.
DECIMOTERCERO.- INFORME SOCIAL.
1. Salvo en el supuesto recogido en el artículo 9.4, en la tramitación del procedimiento
deberá emitirse un informe social por los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
2. El informe social tendrá el siguiente contenido mínimo:
a) Datos de identificación del/la profesional que lo emite.
b) Datos identificativos de todas las personas integrantes de la unidad familiar.
c) La descripción de la situación económica, las condiciones de la vivienda habitual y
del equipamiento, la situación sanitaria, educativa, laboral, socio-familiar y red de
apoyo relevantes para la ayuda solicitada, así como otras prestaciones o ayudas
concedidas a las personas integrantes de la unidad familiar.
d) Acreditación de la existencia de una situación de emergencia social y de la
imposibilidad de ser resuelta a través de otros recursos del entorno.
e) Carácter excepcional o inusual de la situación de necesidad.
f) Las necesidades a cuya cobertura irá destinada la prestación.
g) Cualesquiera otros que sean relevantes para acreditar la situación de la unidad
familiar.
h) Valoración técnica de los Servicios Sociales de Atención Social Básica y, en su
caso, propuesta favorable o desfavorable de concesión de la ayuda, así como,
cuantía a conceder y modalidad de pago.
DECIMOCUARTO.- FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA AYUDA.
1. El abono de la ayuda por parte del Ayuntamiento de Montehermoso a la persona
beneficiaria se podrá realizar a través de un pago único o en pagos fraccionados, tanto
como anticipo como previa justificación del gasto.
2. La acreditación del gasto y pago realizados se efectuará mediante los originales o las
copias de las facturas, en la que se incluirán los datos básicos de la persona física o
jurídica emisora, incluido el Número de Identificación Fiscal (NIF) o del DNI/NIE, el detalle
Cód.
Validación:
9G2HRE7AAYTPCJ4NK26PXATWH
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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14
de
26
CVE:
BOP-2024-3642
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 4 de julio de 2024
N.º 0127
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