Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montehermoso. (BOP-2024-3605)
BOP-2024-3605 Aprobación definitiva de las bases reguladoras que regirán las ayudas para garantizar a los/as ciudadanos/as de Montehermoso el derecho al acceso de suministros mínimos vitales para el año 2024.
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plazo máximo de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de
su solicitud.
SEXTA.- TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN.
1. Una vez completada la solicitud, desde el Servicio Social de Atención Social Básica
de este Ayuntamiento se procederá a su valoración y emisión de la correspondiente
propuesta de resolución.
2. La propuesta deberá indicar si el solicitante cumple los requisitos para ser
beneficiario y contener propuesta del importe de las ayudas a conceder.
3. La resolución definitiva será competencia de Alcaldía y le será notificada a la
persona solicitante en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de solicitud.
4. Las solicitudes se tramitarán y resolverán por riguroso orden de presentación. A tal
efecto, las solicitudes se ordenarán teniendo en cuenta la presentación del último
documento o de la última subsanación.
SÉPTIMO.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS.
a) Permitir y facilitar la actuación de los Servicios Sociales de Atención Social
Básica y del personal del órgano concedente para comprobar el cumplimiento
de los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda, aportando cuanta
información les sea requerida.
b) Comunicar los cambios de las circunstancias económicas, de convivencia o de
cualquier otro tipo que pudieran dar lugar a la denegación o modificación de la
ayuda en un plazo máximo de 10 días hábiles desde que se produzca tal
circunstancia.
c) Consentir la transmisión de sus datos a las entidades suministradoras para la
tramitación y el pago de la ayuda, sin perjuicio del ejercicio de los derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica 3/2018, del 5 de diciembre de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
d) En el supuesto de que la ayuda se pagara a la persona solicitante, destinar la
totalidad de la ayuda a la finalidad para la que fue concedida.
Cód.
Validación:
6X5NXJPAJD579NCHA7AJ7J4R4
Verificación:
https://ayuntamientodemontehermoso.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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CVE:
BOP-2024-3605
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 3 de julio de 2024
N.º 0126
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