Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casatejada. (BOP-2024-3591)
BOP-2024-3591 Aprobación inicial Reglamento de Régimen Interno del Programa Colaborativo Rural Ateneo "Conecta Biosfera."
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o Suspensión de empleo en el programa Colaborativo Rural y sueldo durante el plazo
de siete días a un mes, mediante comunicación expresa de las causas que lo
motivan.
o Expulsión, extinción del contrato por despido disciplinario.
16. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN.
COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR, VIGENCIA Y MODIFICACIÓN
Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento de Régimen
Interno, se estará a lo dispuesto en el Convenio Colectivo aplicable al personal al servicio del
Ayuntamiento de Casatejada (si existiere), a la legislación laboral, legislación de régimen
local, normativa del Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y
demás aplicable.
Jurisdicción competente.- La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y el alumnado trabajador, así como entre ésta y los integrantes del equipo
formativo.
Entrada en vigor. - El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado
íntegramente por el equipo y el Ayuntamiento de Casatejada.
Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa, todo ello sin perjuicio de
las disposiciones legales aplicables.
Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la
Coordinadora / Técnico Tutora, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente Reglamento de Régimen Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente
aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia en la normativa que regula la
materia.
12
Cód.
Validación:
6G22QAEM3AAHSNTN2YCAK7XTJ
Verificación:
https://casatejada.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2024-3591
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
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N.º 0126
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de siete días a un mes, mediante comunicación expresa de las causas que lo
motivan.
o Expulsión, extinción del contrato por despido disciplinario.
16. RÉGIMEN JURÍDICO, JURISDICCIÓN.
COMPETENTE, ENTRADA EN VIGOR, VIGENCIA Y MODIFICACIÓN
Régimen Jurídico.- En lo no establecido en el presente Reglamento de Régimen
Interno, se estará a lo dispuesto en el Convenio Colectivo aplicable al personal al servicio del
Ayuntamiento de Casatejada (si existiere), a la legislación laboral, legislación de régimen
local, normativa del Organismo Autónomo del Servicio Extremeño Público de empleo, y
demás aplicable.
Jurisdicción competente.- La Jurisdicción Social, es la competente para conocer acerca de las
cuestiones que conciernen a las relaciones laborales que se puedan suscitar entre la Entidad
Promotora y el alumnado trabajador, así como entre ésta y los integrantes del equipo
formativo.
Entrada en vigor. - El presente Reglamento, entrará en vigor una vez haya sido aprobado
íntegramente por el equipo y el Ayuntamiento de Casatejada.
Vigencia.- Se mantendrá vigente hasta la finalización del programa, todo ello sin perjuicio de
las disposiciones legales aplicables.
Modificación/Reforma.- La Entidad Promotora a iniciativa propia o a requerimiento de la
Coordinadora / Técnico Tutora, podrá acordar las modificaciones que se estimen convenientes
al presente Reglamento de Régimen Interno, con sujeción a los trámites establecidos para su
aprobación, y observancia de las disposiciones legales vigentes.
Quedan exceptuadas las modificaciones que se consideran impuestas y directamente
aplicables por reformas que se produzca durante su vigencia en la normativa que regula la
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