Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2024-3562)
BOP-2024-3562 Ordenanza Ayudas a la Natalidad.
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ARTÍCULO 7. Compatibilidades.
Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos
oficiales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
ARTÍCULO 8. Régimen Jurídico.
La Normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo
no previsto en la misma, se tendrá presente la Normativa administrativa reguladora de régimen
local, en su defecto, de carácter general.
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza fue aprobada definitivamente el día 11 de abril de 2024 entrará en
vigor una vez publicado su texto en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor
hasta su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá
interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
Todos los preceptos de esta ordenanza que utilizan la forma del masculino genérico se
entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
Mirabel, 25 de junio de 2024
Fernando Javier Grande Cano
ALCALDE
CVE:
BOP-2024-3562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
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