Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Mirabel. (BOP-2024-3562)
BOP-2024-3562 Ordenanza Ayudas a la Natalidad.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
ANUNCIO. Ordenanza Ayudas a la Natalidad.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Mirabel de la ordenanza reguladora de Ayudas a la Natalidad, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Este Ayuntamiento ha detectado que en los últimos años existe una clara tendencia a la
disminución de la población, hecho que implica graves consecuencias para el Municipio ya que,
si no se cambia la tendencia, llegará un momento en que la escasa población impedirá atender
unos servicios públicos adecuados y dignos, por otra parte, imprescindibles en los tiempos
actuales. Y no disponiendo de los servicios aludidos, aún se incrementará más la tendencia a
no residir en la localidad en busca de servicios que aumenten la calidad de vida de los/as
ciudadanos. Independientemente de que las competencias en cuanto a ordenación territorial
corresponde a la Comunidad Autónoma, este Ayuntamiento, no obstante, no puede
permanecer impasible ante la situación, por lo que considera oportuno establecer medidas
propias de fomento de la natalidad.
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal.
Esta Ordenanza tiene su fundamento legal en los artículos 2 y 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 2. Objeto.
El objeto de esta Ordenanza es la regulación del Régimen Jurídico del otorgamiento de ayudas
para fomento de la natalidad en esta localidad.
CVE:
BOP-2024-3562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
Pág. 14989
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Mirabel
ANUNCIO. Ordenanza Ayudas a la Natalidad.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda
automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de
Mirabel de la ordenanza reguladora de Ayudas a la Natalidad, cuyo texto íntegro se hace
público en cumplimiento del artículo 17.4 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
ORDENANZA REGULADORA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Este Ayuntamiento ha detectado que en los últimos años existe una clara tendencia a la
disminución de la población, hecho que implica graves consecuencias para el Municipio ya que,
si no se cambia la tendencia, llegará un momento en que la escasa población impedirá atender
unos servicios públicos adecuados y dignos, por otra parte, imprescindibles en los tiempos
actuales. Y no disponiendo de los servicios aludidos, aún se incrementará más la tendencia a
no residir en la localidad en busca de servicios que aumenten la calidad de vida de los/as
ciudadanos. Independientemente de que las competencias en cuanto a ordenación territorial
corresponde a la Comunidad Autónoma, este Ayuntamiento, no obstante, no puede
permanecer impasible ante la situación, por lo que considera oportuno establecer medidas
propias de fomento de la natalidad.
ARTÍCULO 1. Fundamento Legal.
Esta Ordenanza tiene su fundamento legal en los artículos 2 y 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, de Bases de Régimen Local.
ARTÍCULO 2. Objeto.
El objeto de esta Ordenanza es la regulación del Régimen Jurídico del otorgamiento de ayudas
para fomento de la natalidad en esta localidad.
CVE:
BOP-2024-3562
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 2 de julio de 2024
N.º 0125
Pág. 14989