Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-3545)
BOP-2024-3545 Bases que han de regir la concesión de subvenciones en régimen de concesión directa para el fomento de la natalidad año 2024.
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Instituto Municipal de Asuntos Sociales
Documento firmado electrónicamente (RD 203/2021). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el
CSV: 15250272247041510563 en http://sede.caceres.es
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS
PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD AÑO 2024 DEL INSTITUTO MUNICIPAL
DE ASUNTOS SOCIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El Instituto Municipal de Asuntos Sociales (en adelante, IMAS) del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, considera a la Familia como eje fundamental de su acción como Equipo de Gobierno.
Siendo conscientes de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos
iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, desde el IMAS se quiere ayudar a las
familias que hayan tenido hijos o hijas por nacimiento o adopción durante el año 2024 mediante
la puesta en marcha de esta subvención, en el marco delimitado por la Ordenanza General de
Subvenciones de este Ayuntamiento y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (en adelante, LGS).
La gestión de las subvenciones según la Ordenanza general de este Ayuntamiento se
realizará según los siguientes principios:
1.- Publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
2.- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Corporación.
3.- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas con el objetivo de
fomentar la natalidad mediante el apoyo a los progenitores o adoptantes empadronados y con
residencia legal en el municipio de Cáceres, por nacimiento o adopción de hijos o hijas durante el
periodo indicado en la cláusula tercera.
Se considerará lugar de nacimiento el del Registro Civil donde se hubiese realizado la
primera inscripción del/de la menor, excepto para el caso de adopción internacional, en que se
considerará como lugar de nacimiento el del Registro Civil del domicilio de la madre o padre
adoptante en que se extienda la inscripción principal de nacimiento del/de la menor que motiva la
subvenciónylamarginaldeadopción.
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ASUNTO: CONVOCATORIA AYUDAS A
LA NATALIDAD 2024 - CONCESION
DIRECTA
Referencia: AYUDAS A LA NATALIDAD 2024
Expediente: 2024/00003768L
Unidad: Instituto Municipal de Asuntos Sociales
CVE:
BOP-2024-3545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de julio de 2024
N.º 0124
Pág. 14936
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BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONOMICAS
PARA EL FOMENTO DE LA NATALIDAD AÑO 2024 DEL INSTITUTO MUNICIPAL
DE ASUNTOS SOCIALES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CÁCERES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
El Instituto Municipal de Asuntos Sociales (en adelante, IMAS) del Excmo. Ayuntamiento de
Cáceres, considera a la Familia como eje fundamental de su acción como Equipo de Gobierno.
Siendo conscientes de que el nacimiento o adopción de un niño o una niña conlleva unos gastos
iniciales a los que las familias tienen que hacer frente, desde el IMAS se quiere ayudar a las
familias que hayan tenido hijos o hijas por nacimiento o adopción durante el año 2024 mediante
la puesta en marcha de esta subvención, en el marco delimitado por la Ordenanza General de
Subvenciones de este Ayuntamiento y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (en adelante, LGS).
La gestión de las subvenciones según la Ordenanza general de este Ayuntamiento se
realizará según los siguientes principios:
1.- Publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
2.- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Corporación.
3.- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
BASES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas con el objetivo de
fomentar la natalidad mediante el apoyo a los progenitores o adoptantes empadronados y con
residencia legal en el municipio de Cáceres, por nacimiento o adopción de hijos o hijas durante el
periodo indicado en la cláusula tercera.
Se considerará lugar de nacimiento el del Registro Civil donde se hubiese realizado la
primera inscripción del/de la menor, excepto para el caso de adopción internacional, en que se
considerará como lugar de nacimiento el del Registro Civil del domicilio de la madre o padre
adoptante en que se extienda la inscripción principal de nacimiento del/de la menor que motiva la
subvenciónylamarginaldeadopción.
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ASUNTO: CONVOCATORIA AYUDAS A
LA NATALIDAD 2024 - CONCESION
DIRECTA
Referencia: AYUDAS A LA NATALIDAD 2024
Expediente: 2024/00003768L
Unidad: Instituto Municipal de Asuntos Sociales
CVE:
BOP-2024-3545
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 1 de julio de 2024
N.º 0124
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