Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Eljas. (BOP-2024-3474)
BOP-2024-3474 Aprobación definitiva Reglamento regulador del registro contable de facturas.
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Ayuntamiento de Eljas
Ayuntamiento de Eljas
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al órgano de control interno.
Artículo 9. Facultades y obligaciones del órgano de control
interno.
El órgano de control interno tendrá acceso a la documentación
justificativa, a la información que conste en el registro contable de
facturas y a la contabilidad en cualquier momento.
Anualmente el órgano de control interno elaborará un informe en el
que evaluará el cumplimiento de la normativa en materia de
morosidad. Este informe será elevado al Pleno.
Artículo 10. Colaboración con la Agencia Estatal de
Administración Tributaria.
Los registros contables de facturas remitirán a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, por vía telemática, aquella información
sobre las facturas recibidas, para asegurar el cumplimiento de
obligaciones tributarias y de facturación cuyo control le corresponda.
Disposición final primera. Aplicación y ejecución del
reglamento.
Lo dispuesto en el presente reglamento se adecuará a la legislación
vigente en la materia, así como a las disposiciones reglamentarias,
resoluciones y medidas acordadas por el Gobierno a través del
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Ministerio de
Industria, Energía y Turismo, en el ámbito de sus competencias.
Disposición final segunda. Publicación y entrada en vigor
El acuerdo de aprobación definitiva del presente Reglamento entrará
en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial
de la Provincia y transcurrido el plazo de quince días hábiles desde
dicha publicación, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local.
Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-
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BOP-2024-3474
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Miércoles, 26 de junio de 2024
N.º 0121
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