Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-3380)
BOP-2024-3380 Convocatoria de Concurso de traslado OARGT.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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En el caso de que no existieran aspirantes excluidos/as o que las causas de su
exclusión no fueran subsanables por su naturaleza, la lista inicial de admitidos/as y
excluidos/as se elevará a definitiva.
Quinta. Valoración de méritos.
1. Para la adjudicación de los puestos de trabajo se valorarán los méritos que se
relacionan a continuación, hasta un máximo de 16,5 puntos, con referencia a la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias y de acuerdo con el siguiente
baremo:
1.1.- Grado personal consolidado: Máximo 1,5 puntos.
Por la posesión de un determinado grado personal consolidado en el cuerpo/escala o
categoría profesional desde el que se concursa, distribuidos de la siguiente forma:
• Si se posee un grado personal consolidado igual al nivel del complemento del
destino del puesto de trabajo que se solicita, se adjudicará 1 punto.
• Si se posee un grado personal consolidado superior al nivel del complemento de
destino del puesto de trabajo que se solicita, se adjudicarán 1,5 puntos.
1.2.- Actividad formativa: Máximo 3 puntos.
Por cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del cuerpo/escala o categoría
profesional al que estén adscritos los puestos que se solicitan, así como las materias
transversales de igualdad y riesgos laborales:
• Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,005 puntos.
• Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,005 puntos, hasta un máximo de
1 punto.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
Se establece la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,02 puntos.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días y/o Jornadas, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y
siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
A estos efectos se considerarán actividades formativas los cursos, los congresos,
jornadas y otras acciones formativas similares.
CVE:
BOP-2024-3380
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
Pág. 14369
En el caso de que no existieran aspirantes excluidos/as o que las causas de su
exclusión no fueran subsanables por su naturaleza, la lista inicial de admitidos/as y
excluidos/as se elevará a definitiva.
Quinta. Valoración de méritos.
1. Para la adjudicación de los puestos de trabajo se valorarán los méritos que se
relacionan a continuación, hasta un máximo de 16,5 puntos, con referencia a la fecha
de finalización del plazo de presentación de instancias y de acuerdo con el siguiente
baremo:
1.1.- Grado personal consolidado: Máximo 1,5 puntos.
Por la posesión de un determinado grado personal consolidado en el cuerpo/escala o
categoría profesional desde el que se concursa, distribuidos de la siguiente forma:
• Si se posee un grado personal consolidado igual al nivel del complemento del
destino del puesto de trabajo que se solicita, se adjudicará 1 punto.
• Si se posee un grado personal consolidado superior al nivel del complemento de
destino del puesto de trabajo que se solicita, se adjudicarán 1,5 puntos.
1.2.- Actividad formativa: Máximo 3 puntos.
Por cursos de formación y perfeccionamiento, cuyo contenido verse sobre materias
directamente relacionadas con las funciones propias del cuerpo/escala o categoría
profesional al que estén adscritos los puestos que se solicitan, así como las materias
transversales de igualdad y riesgos laborales:
• Por la participación como asistente: Por cada hora de duración 0,005 puntos.
• Por cursos impartidos: Por cada hora de duración 0,005 puntos, hasta un máximo de
1 punto.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
Se establece la equivalencia de 1 crédito con 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas se valorarán con
0,02 puntos.
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días y/o Jornadas, el
Tribunal valorará 5 horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y
siempre que se acrediten claramente los días concretos de celebración del curso.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
A estos efectos se considerarán actividades formativas los cursos, los congresos,
jornadas y otras acciones formativas similares.
CVE:
BOP-2024-3380
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 21 de junio de 2024
N.º 0118
Pág. 14369