Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Huélaga. (BOP-2024-3368)
BOP-2024-3368 Aprobación definitiva Modificación de Ordenanzas.
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TEXTO DEFINITIVO DE LAS ORDENANZAS FISCALES MODIFICADAS.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL SUMINISTRO DE AGUA
Artículo 5.- CUOTA TRIBUTARIA.-
Las tarifas tendrán dos conceptos, uno fijo que se pagará por una sola vez al comenzar a
prestar el servicio, o cuando se reanude después de haber sido suspendido por falta de
pago u otra causa imputable al usuario y estará en función del diámetro de conexión a la
Red General, y otro periódico en función del consumo que se regirá por la siguiente tarifa:
CONCEPTO IMPORTE ANUAL
Cuota de abono, incluyendo el consumo de 20 m3 trimestrales_________ 15,00€
Por cada m3 de exceso a partir de los 20 m3 y hasta 50 m3____________ 0,65€
Restantes m3 de exceso al trimestre______________________________ 0,75€
Las cuotas señaladas en la tarifa anterior tienen carácter irreductible.
Se hace constar igualmente, que estos precios no llevan incluido el Impuesto sobre el
Valor Añadido, por lo que en cada caso dichas tarifas se verán incrementadas por el tipo
vigente en cada momento.
Disposición Adicional.
Esta ordenanza aprobada por el Pleno en Sesión Ordinaria de fecha 2 de abril de 2024 empezará
a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y
continuará vigente mientras no se acuerde la modificación o derogación. El resto de artículos no
modificados de la ordenanza continúan vigentes.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO
Artículo 4.- CUOTA TRIBUTARIA.-
Cód.
Validación:
3MDP34YC42DDAAS75LJKKY2E9
Verificación:
https://huelaga.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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BOP-2024-3368
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Jueves, 20 de junio de 2024
N.º 0117
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